Boletines/Tornquist

Resolución Nº17/17

Resolución Nº 17/17

Tornquist, 03/10/2017

Visto

El reconocimiento que anualmente el Honorable Concejo Deliberante realiza a Abanderados y Escoltas de las Banderas Argentina y Bonaerense del Distrito, y;

Considerando

Que por ser el 2017 un año de elecciones legislativas, durante el transcurso del mes de diciembre se realiza la asunción de los nuevos Ediles, al igual que los actos de cierre del ciclo lectivo en los establecimientos educativos;

Que es oportuno poder continuar con tal distinción en virtud de reconocer el esfuerzo, compromiso, dedicación y responsabilidad que ponen de manifiesto cada año los alumnos para poder lograr tal fin;

Que esto motiva al Cuerpo Deliberativo a hacer Sesiones Extraordinarias en distintas localidades del Distritos durante el mes de noviembre, a fin de que no haya superposición de fechas;

Que el Artículo Nº 68 de la Ley Orgánica de las Municipalidades versa: “Los Concejos Deliberantes funcionarán en la cabecera del Partido correspondiente, pero podrán hacerlo en otro punto del mismo, precediendo una disposición del Concejo que así lo autorice.”

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º: Déjase sin efecto la Resolución Nº 23/16 para el ejercicio 2017.

ARTÍCULO 2º: Convócase a Sesión Extraordinaria, a todos los abanderados y sus escoltas de las banderas Argentina y Bonaerense, quienes resulten portadores de los pabellones al momento de su convocatoria de acuerdo al siguiente cronograma:

Día 28 de noviembre: Teatro Municipal “Rodolfo Funke”.

Día 29 de noviembre: Club Gral. San Martín de Chasicó.

Día 30 de noviembre: Escuela Nº 6 de Sierra de la Ventana.

ARTÍCULO 3º: Envíase nota a cada Establecimiento Educativo, solicitando que se envíe a la Secretaría del Honorable Concejo Deliberante la nómina de los abanderados y escoltas con su correspondiente enseña.

ARTÍCULO 4º: Realizase la confección de diplomas de reconocimiento por su esfuerzo, dedicación, compromiso y responsabilidad a todos los abanderados y sus escoltas de las banderas Argentina y Bonaerense que resulten portadores de los pabellones.

ARTICULO 5º: Autorízase a la Presidencia del H.C.D. a efectuar los gastos correspondientes para dar cumplimiento a la presente Resolución.

ARTICULO 6º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-

APROBADO POR UNANIMIDAD, EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D DE TORNQUIST, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-