Boletines/General Pueyrredon
Ordenanza Nº 24792
General Pueyrredon, 24/07/2020
ORDENANZA
Expediente D.E.: 3731-8-2020
Expediente H.C.D.: 2388-V-19
Nº de registro: O-18910
Fecha de sanción: 25/06/2020
Fecha de promulgación: 24/07/2020
Decreto de promulgación: 1201-20
ORDENANZA Nº 24792
Artículo 1º.- Convalídase el Decreto n° 94/20 dictado por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante mediante el cual se eximió, por el período fiscal 2020, del pago en concepto de la Tarifa por Servicios Sanitarios y de tasas y servicios municipales que graven los inmuebles que han sido damnificados por el incendio ocurrido el pasado 15 y 16 de diciembre de 2019, en la manzana ubicada entre las calles Rivadavia, 20 de Septiembre, 14 de Julio y San Martín de la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
Poleggio Martínez Bordaisco
Katz Montenegro
Decreto nº 94
Mar del Plata, 12 de febrero de 2020
VISTO el voraz incendio ocurrido el pasado 15 de diciembre en la distribuidora Torres y Liva, ubicada en Rivadavia al 3600 de la ciudad de Mar del Plata, que provocó daños materiales de enormes proporciones; y
CONSIDERANDO
Que el fuego iniciado en la mencionada distribuidora alcanzó grandes magnitudes, avanzando sobre edificios linderos ubicados en la manzana comprendida por las calles Rivadavia, 20 de septiembre, 14 de julio y San Martín.
Que a raíz del evento detallado más de 70 familias fueron evacuadas, las cuales han perdido todas sus pertenencias, resultando sus viviendas destruidas.
Que gracias al gran trabajo realizado por los Bomberos, Defensa Civil y Same se evitó un desastre de mayores proporciones y no hubo que lamentar victimas fatales.
Que ante estos hechos tanto el estado municipal como el provincial no pueden estar ajenos a la situación de emergencia que viven los vecinos damnificados.
Que la Comisión de Labor Deliberativa ha prestado acuerdo para la sanción del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- Exímese, por el período fiscal 2020, del pago en concepto de la Tarifa por Servicios Sanitarios y de tasas y servicios municipales que graven los inmuebles que han sido damnificados por el incendio ocurrido el pasado 15 y 16 de diciembre de 2019, en la manzana ubicada entre las calles Rivadavia, 20 de Septiembre, 14 de Julio y San Martín de la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo determinará, a través del área correspondiente, la nómina de inmuebles que estarán comprendidos en la eximición establecida por el artículo anterior.
Artículo 3°: Encomiéndase al Departamento Ejecutivo gestionar ante el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires la exención del pago del impuesto inmobiliario por el período fiscal 2020, para las personas damnificadas por el siniestro.
Artículo 4º.- El presente se dicta ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 5ª.- Comuníquese, etc.-