Boletines/Lujan
Decreto Nº 495
Lujan, 26/03/2020
RECATEGORIZACION PERSONAL CARRERA HOSPITALARIA BAFFONI, DAHER Y PARRA
Visto
El expediente 4069/007140/2018, referente al Personal de Carrera Profesional Hospitalaria que cumple funciones en la Dirección de Géneros y diversidad y que se encuentra en condiciones de ser recategorizado; y
Considerando
Que a fs.8, tomó vista y conocimiento la Secretaría de Desarrollo Humano, prestando conformidad al pedido de recategorización.
Que a fs. 12 vta., tomó vista y conocimiento la Dirección de Recursos Humanos.
Que a fs. 13, tomó vista e informa la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal.
Que a fs. 14, tomó vista y conocimiento la Secretaría de Economía.
Que a fojas 16, tomó vista y presta conformidad la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
Que a fojas 16, tomó vista y conocimiento la Secretaría Legal y Técnica.
Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordante del Decreto Ley Nº 6769/58 y la Ley Nº 10.471.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Promuévanse a partir del 1° de marzo de 2019, a las -------------- agentes municipales de Planta Permanente, de Carrera Profesional Hospitalaria (Ley Nº 10.471), que prestan servicios en Dirección de Abordaje Territorial y Asistencia Crítica, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, a las categorías que a continuación se detallan:
MEDICO AGREGADO DE 12 HS. SEMANALES
" PARRA, Ana María, legajo nº 3985.
MEDICO AGREGADO DE 24 HS. SEMANALES
" DAHER, Eleonora, legajo nº 5458.
MEDICO AGREGADO DE 36 HS. SEMANALES
" BAFFONI, María de la Paz, legajo nº 6154.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por ------------- el artículo 1º, será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
25.- Secretaría de Desarrollo Humano.
49.- Asistencia y Protección de la Mujer.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos en Personal.
01.- Personal Permanente.
Artículo 3°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, -------------- notifíquese, publíquese y archívese.------------------
D E C R E T O Nº495.-
FR/lem