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Decreto Nº495

Decreto Nº 495

Lujan, 26/03/2020

RECATEGORIZACION PERSONAL CARRERA HOSPITALARIA BAFFONI, DAHER Y PARRA

Visto

El expediente 4069/007140/2018, referente al Personal de Carrera Profesional Hospitalaria que cumple funciones en la Dirección de Géneros y diversidad y que se encuentra en condiciones de ser recategorizado; y

Considerando

Que a fs.8, tomó vista y conocimiento la Secretaría de Desarrollo Humano, prestando conformidad al pedido de recategorización.
Que a fs. 12 vta., tomó vista y conocimiento la Dirección de Recursos Humanos.
Que a fs. 13, tomó vista e informa la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal.
Que a fs. 14, tomó vista y conocimiento la Secretaría de Economía.
Que a fojas 16, tomó vista y presta conformidad la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
Que a fojas 16, tomó vista y conocimiento la Secretaría Legal y Técnica.
Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordante del Decreto Ley Nº 6769/58 y la Ley Nº 10.471.

Por ello:
 

EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A

Artículo 1°.- Promuévanse a partir del 1° de marzo de 2019, a las                      -------------- agentes municipales de Planta Permanente, de Carrera Profesional Hospitalaria (Ley Nº 10.471), que prestan servicios en Dirección de Abordaje Territorial y Asistencia Crítica, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, a las categorías que a continuación se detallan:

MEDICO AGREGADO DE 12 HS. SEMANALES

"    PARRA, Ana María, legajo nº 3985.

MEDICO AGREGADO DE 24 HS. SEMANALES

"    DAHER, Eleonora, legajo nº 5458.

MEDICO AGREGADO DE 36 HS. SEMANALES

"    BAFFONI, María de la Paz, legajo nº 6154.

Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por ------------- el artículo 1º, será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente: 

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.
49.- Asistencia y Protección de la Mujer.
110.- Tesoro Municipal. 
01.- Gastos en Personal.
01.- Personal Permanente.

Artículo 3°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda,          -------------- notifíquese, publíquese y archívese.------------------


D E C R E T O      Nº495.-
FR/lem