Boletines/Lujan

Decreto Nº490

Decreto Nº 490

Lujan, 26/03/2020

AMPLIACION DEL REGIMEN  HORARIO DEL AGENTE LOPEZ CHALDE SILVINA

Visto

Que a través del expediente 4069/001333/20, se solicita la         ampliación del régimen horario de 24 hs. a 48 hs. de la agente municipal de Planta Permanente Lic. Silvina López Chalde, legajo N° 5575, Personal Profesional de Carrera Hospitalaria - Asistente que cumple funciones, en la Subdirección de Discapacidad; y

Considerando

Que a fs. 01, tomó vista y solicita ampliación horaria la        Secretaría de Desarrollo Humano.
Que a fs. 02, tomó vista y conocimiento la Dirección de Recursos Humanos.
Que a fs. 05, tomó vista e informa la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal.
Que a fs. 06, tomó vista y conocimiento la Secretaría de       Economía.
Que a fs. 07, tomó vista y conocimiento la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
Que a fs. 07, tomó vista y conocimiento la Secretaría Legal y Téc-nica.
Que el presente acto se dicta en virtud de las competencias     otorgadas por los artículos 107° y concordantes del Decreto Ley 6769/58 y Artículo 66° de la Ley N° 14.656.
Por ello;
 

EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
 


Artículo 1º.- Autorízase la ampliación del régimen horario de 24 hs. a   ------------- 48 hs. semanales de la agente municipal de Planta         Permanente Lic. Silvina LOPEZ CHALDE, legajo Nº 5575, Personal Profesio-nal de Carrera Hospitalaria - Asistente, que presta servicios en la     Subdirección de Discapacidad, a partir del 01 de febrero de 2020.------

Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en   ------------- el artículo 1º será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente: 

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.
46.01.- Integración de Personas con Discapacidad.
110.- Tesoro Municipal. 
01.- Gastos en Personal. 
01.- Personal Permanente. 

Artículo 3º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda,          --------------- notifíquese, publíquese y archívese.--------------------


D E C R E T O    Nº490.-
FR/rcv