Boletines/Lujan
Decreto Nº 469
Lujan, 26/03/2020
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS - DIRECCION DE GESTION ALIMENTARIA
Visto
Que por Expediente 4069/001866/2020, se solicita la contratación del Sr. Juan Ignacio Antonini, para prestar servicios en la Dirección de Gestión Agroalimetaria, dependiente de la Secretaría de Jefatura de Gabinete; y
Considerando
Que a fs. 1, se solicita la contratación a los fines de realizar el asesoramiento e implementación de Políticas Públicas que fomenten medidas que favorezcan al sector alimentario que propendan a la adopción de procesos que aseguren la calidad y seguridad de los alimentos, la implementación de prácticas seguras y aplicación de normas, realizando aportes en aspectos de organización y de ejecución de las tareas técnicas Que a fs. 1 vta, tomó vista el Secretario de Jefatura de Gabinete, prestando conformidad a lo solicitado. Que a fs. 13 tomó vista y conocimiento la Dirección de Recursos Humanos. Que a fs. 13 vta y 14 vta. tomó vista y presta conformidad la Secretaria de Economía, sugiriendo que la modalidad de contratación se efectúe bajo la modalidad de Locación de Servicios, conforme lo dispone el artículo 45º de la Ley 14.656. Que a fs.14 tomó vista e informó la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal; Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A
Artículo 1°.- Apruébase el Contrato de Locación de Servicios celebrado ------------- entre la Municipalidad de Luján y el Sr. Juan Ignacio Antonini, D.N.I. N° 30.131.687, con domicilio en la calle camino de tierra a Torres KM 3.5 s/n de la Localidad de Open Door, partido de Luján, Provincia de Buenos Aires, quien acepta realizar el asesoramiento e implementación de Políticas Públicas que fomenten medidas que favorezcan al sector alimentario que propendan a la adopción de procesos que aseguren la calidad y seguridad de los alimentos, la implementación de prácticas seguras y aplicación de normas, realizando aportes en aspectos de organización y de ejecución de las tareas técnicas.------------------------- Artículo 2°.- La Municipalidad abonará la suma de pesos veinticuatro mil ------------- ($ 24.000.-) mensuales, en concepto de honorarios por el período comprendido entre el 01 de febrero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020.---------------------------------------------------------------- Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por ------------- el artículo 2° será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente: 24.- Secretaría de Jefatura de Gabinete. 01.- Ejecución y Políticas de Jefatura de Gabinete. 03.- Soberanía Alimentaria. 110.- Tesoro Municipal. 01.- Gastos en Personal. 02.- Personal Temporario. Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, noti- ------------- fíquese, publíquese y archívese.-------------------------- D E C R E T O N°469.- FR/rns