Boletines/Lujan

Decreto Nº455

Decreto Nº 455

Lujan, 17/03/2020

DESIGNACION DEL SR. MAGALLAN ALFREDO JESUS COMO PERSONAL OBRERO

Visto

Que a través del expediente Nº 4069/001051/2020, se solicita la designación del Sr. Alfredo Jesús Magallan, como Personal Obrero Clase VII de 48 hs. semanales, en la Planta Temporaria, para cumplir funciones en la Delegación Municipal de Jáuregui, Pueblo Nuevo y Cortínez, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana; y

Considerando

Que a fojas 01, tomó vista y solicita designación la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana. Que a fojas 05, tomó vista y conocimiento la Dirección de Recursos Humanos. Que a fojas 08, tomó vista e informa la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal. Que a fojas 09, tomó vista y conocimiento la Secretaría de Economía. Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el Artículo 107º y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58 y Artículo 66º de la Ley Nº 14.656. Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL  D E C R E T A

Artículo 1°.- Desígnase al Sr. Alfredo Jesús MAGALLAN, DNI N° 32.647.909 ------------- como Personal Obrero Clase VII, de 48 hs. semanales, en Planta Temporaria, para cumplir funciones en la Delegación Municipal de Jáuregui, Pueblo Nuevo y Cortínez, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana a partir del 01 de febrero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020.--------------------------------------- Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto ------------- por el artículos 1º, será imputado en la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente: 27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana. 01.- Formulación y Conducción de Políticas de Gobierno y Participación Ciudadana. 05.- Delegación Municipal de Jáuregui, Pueblo Nuevo y Cortínez. 110.- Tesoro Municipal. 01.- Gastos en Personal. 02.- Personal Temporario. Artículo 3°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, -------------- notifíquese, publíquese y archívese.--------------------- D E C R E T O Nº455.- FR/rcv