Boletines/Lujan

Decreto Nº428

Decreto Nº 428

Lujan, 12/03/2020

CONTRATO FACILITADORES SEM

Visto

Que por expediente N° 4069/001788/2020, se solicita la contratación de tres personas para que se concreten las acciones de interacción y coordinación entre la Municipalidad de Luján y la Cooperativa de Trabajo Fe y Esperanza de Luján LTDA, y

Considerando

Que resulta necesario que las tareas de colaboración, articulación, elaboración de los cronogramas sean efectuadas por tres (3) asociados miembros de la Cooperativa que cubran la totalidad del horario que abarca el Sistema de Estacionamiento Medido. Que el área con competencia especifica en la materia –en este caso la Secretaría de Protección Ciudadana- ha declarado su incompetencia e imposibilidad operativa para llevar a cabo la tarea asignada a la cooperativa en el contrato a celebrarse. Que a fojas 2/3 luce el Contrato de Locación de Obra a celebrarse entre la Municipalidad de Lujan y la Cooperativa de Trabajo Fe y Esperanza de Luján LTDA. Que del mismo contrato se desprende en la cláusula quinta quienes serán las tres personas encargadas de las tareas de articulación y coordinación entre la Municipalidad y la Cooperativa. Que dichos miembros serán: SOFIA CANDELA VALLE (CUIT N° 27-40132522-6); ANTONIO SEBASTIAN VARGAS (CUIT N° 20-30194146-4) y GABRIEL ALUHE MOSQUEIRA (CUIT N° 20-38439987-9). Que consta en las actuaciones la documentación de la cooperativa y de los trabajadores mencionados necesaria para su contratación. Que la ley Orgánica de las Municipalidades admite la contratación de Cooperativas en tanto se trate de una instancia protegida de producción debidamente habilitada y supervisada por el Ministerio competente. Que la Contaduría Municipal realizó la imputación del gasto y tomo conocimiento la Secretaria de Economía y Finanzas. Que el presente se dicta en virtud de las atribuciones previstas en los artículos 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias). Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A

Artículo 1°.- Apruébase el Contrato de Locación de Obra a suscribirse ------------- entre la Municipalidad de Luján y la Cooperativa de Trabajo Fe y Esperanza de Luján LTDA, matrícula N° 56967, CUIT 30-71627489-2, con domicilio legal en Calle Darwin N° 3127 de la ciudad de Luján (B), representada en este acto por su Presidente Sr. Miguel Ángel Sánchez DNI N° 18.489.180, para la realización de las tareas establecidas en las cláusulas del Contrato que forma parte integrante del presente Decreto.------------------------------------------------------- Artículo 2°.- La Municipalidad abonará a la Cooperativa de Trabajo Fe y ------------- Esperanza de Luján LTDA por el período comprendido entre el 9 de marzo de 2020 y el 9 de septiembre de 2020, la suma única y total de pesos QUINIENTOS VEINTIDOS MIL ($ 522.000), pagadero en seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de pesos ochenta y siete mil ($87.000) dentro de los primeros cinco (5) días hábiles posteriores al mes de provisión de los trabajos.--------------------------------------- Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento dispuesto por el Ar- ------------- tículo 2° será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente: 26.- Secretaría de Protección Ciudadana 01.01.- Formulación y Ejecución de Políticas de Protección Ciudadana 110.- Tesoro Municipal 3.9.9.0.- Otros Servicios. Otros Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, noti-------------- fíquese, publíquese y archívese.-------------------------- D E C R E T O N°428.-