Boletines/Lujan
Decreto Nº 416
Lujan, 09/03/2020
CONTRATO GUADALUPE CASTRO
Visto
Que por expediente 4069/000596/2020 se solicita la contratación de la Licenciada en Trabajo Social Guadalupe CASTRO, ante la necesidad planteada por la Dirección de Niñez, Adolescencia y Juventud, dependien-te de la Secretaría de Desarrollo Humano; y
Considerando
Que la Secretaría de Desarrollo Humano ha fundamentado de acuerdo a lo previsto en la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires la imposibilidad para cubrir la prestación con profesionales existentes afectados a la misma.
Que a fojas 1 tomó vista y presta conformidad la Secreta-ría de Desarrollo Humano.-
Que a fojas 28 tomó vista y conocimiento la Dirección de Recursos Humanos e informa que la locadora no pertenece a la planta mu-nicipal y no existe personal idóneo disponible dentro de la misma. -
Que a fojas 28 tomó vista y conocimiento la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana y solicita la imputación de gastos.-
Que a fojas 31 tomó vista la Contaduría Municipal e infor-ma la imputación presupuestaria.-
Que a fojas 32 la Secretaría de Economía y Finanzas tomó vista y conocimiento de la imputación presupuestaria informada por la Contaduría Municipal y solicita la continuidad del trámite.-
Que a fojas 33 tomó vista y conocimiento la Secretaría Legal y Técnica efectuando el visado correspondiente.-
Que es competencia del Departamento Ejecutivo el dictado del acto administrativo, Art 107 y concordantes del Decreto Ley 6769/58
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Apruébase el Contrato de Locación de Obra celebrado entre -------------la Municipalidad de Luján y la Licenciada en Trabajo So-cial Guadalupe Castro, D.N.I. Nº 34.790.516, con domicilio en la calle Julio A. Roca Nº 274, de la ciudad de Luján (B) para cumplir funciones de Trabajadora Social en el CAI Compañeritos I, evaluar las necesidades de las familias de la Institución, detectar las problemáticas de los niños y niñas y llevar a cabo las posibles soluciones, referenciarse con las distintas Instituciones, realizar talleres con los padres de los niños y niñas para enseñar sobre cómo hacer frente a diferentes situa-ciones, monitorear el progreso de los niños y niñas de bajo peso junto con el equipo de salud y la nutricionista de la Secretaría de Desarrollo Humano, armar los informes, actualizarlos y tenerlos completos en los expedientes de los niños y niñas que concurren a la Institución.--------
Artículo 2°.- La Municipalidad abonará la suma total de pesos trescien- ------------- tos sesenta mil ($360.000.-) en doce (12) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos treinta mil ($30.000.-) cada una, en concepto de honorarios por el período comprendido entre el 01 de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020.--------------------------
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por ------------- el artículo 2° será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
25.- Secretaría de Desarrollo Humano.-
45.- Protección y Promoción de la Niñez, Adolescencia y Familia.-
02.-C.A.I. San Fermín.
110.- Tesoro Municipal.-
3.4.5.0.- De Capacitación.-
Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifí -------------- quese, publíquese y archívese.---------------------------
D E C R E T O Nº416.-
MER/aco.-