Boletines/Lujan

Decreto Nº386

Decreto Nº 386

Lujan, 04/03/2020

RECATEGORIZACION DE LOS AGENTES MURRAY DANIEL Y BENITEZ ENRIQUE DANIEL

Visto

El expediente 4069/000303/2020, referente al personal que se     encuentra en condiciones de ser recategorizado y que prestan servicios en el Cementerio Municipal de Luján; y

Considerando


Que a fojas 01 y 05 vta., tomó vista y emite informe la Dirección de Recursos Humanos.
Que a fojas 02, tomó vista y presta conformidad la Secretaría de          Servicios Públicos, Infraestructura y Obras.
Que a fojas 04, tomó vista e informa la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal.
Que a fojas 05, tomó vista y conocimiento la Secretaría de      Economía.
Que a fojas 05 vta., obra informe del Departamento de Jubilaciones y Pensiones.
Que a fojas 06, tomó vista y conocimiento la Secretaría de          Gobierno y Participación Ciudadana.
Que a fojas 06, tomó vista y conocimiento la Secretaría Legal y Técnica.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordante del Decreto Ley Nº 6769/58 y artículo 66º de la Ley Nº 14.656.
Por ello;
 

EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
 

Artículo 1°.- Promuévanse  a partir  del 1° de febrero de 2020, a la    ------------- categoría que se consignan, a los agentes municipales de Planta Permanente, que prestan servicios en el Cementerio Municipal de Luján, dependientes de la Secretaría Servicios Públicos, Infraestructura y Obras y que a continuación se detallan:

PERSONAL OBRERO CLASE II DE 48 HS. SEMANALES

"    BENITEZ, Enrique Daniel, legajo N° 2902.
"    MURRAY, Daniel, legajo N° 2882.


Artículo 2°.- Reconócese el pago de la BONIFICACION POR TAREAS PENOSAS, ------------- RIESGOSAS E INSALUBRES DEL 15%, al agente municipal de Planta Permanente Enrique Daniel BENITEZ, legajo Nº 2902, que presta  servicios en el Cementerio Municipal de Luján,  dependiente de la Secre-taría de Servicios Públicos, Infraestructura y Obras, contemplada en la Ordenanza de Presupuesto de Gastos Vigente, a partir del 01 de agosto de 2012, declarándose de legítimo abono los pagos efectuados por tal     concepto desde la fecha indicada y mientras continúe realizando dicha tarea.------------------------------------------------------------------

Artículo 3°.- Reconócese el pago de la BONIFICACION POR TAREAS PENOSAS, ------------- RIESGOSAS E INSALUBRES DEL 15%, al agente municipal de Planta Permanente Daniel MURRAY, legajo Nº 2882, que presta  servicios en el Cementerio Municipal de Luján,  dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos, Infraestructura y Obras, contemplada en la Ordenanza de Presupuesto de Gastos Vigente, a partir del 01 de agosto de 2012, declarándose de legítimo abono los pagos efectuados por tal concepto desde la fecha indicada y mientras continúe realizando dicha tarea.-----

Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en   ------------- los artículos 1º al 3°, será imputado en la siguiente  partida del Presupuesto de Gastos vigente: 
03.- Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.
32.- Servicios de Inhumaciones y Exhumaciones.
01.- Prestación Cementerio Luján.
110.- Tesoro Municipal. 
01.- Gastos en Personal. 
01.- Personal Permanente
01.- Retribuciones al Cargo. 


Artículo 5º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, noti-    ------------- fíquese, publíquese y archívese.--------------------------

D E C R E T O     Nº386.-
FR/rcv