Boletines/Lujan

Decreto Nº383

Decreto Nº 383

Lujan, 04/03/2020

AMPLIACION DEL REGIMEN HORARIA DE LA AGENTE GONZALEZ BETINA

Visto

El expediente 4069/001336/2020, a través del cual se tramita         la ampliación horaria para la agente municipal que se desempeña en la Dirección de Niñez, Adolescencia y Juventud, dependiente de la        Secretaría de Desarrollo Humano; y
 

Considerando

Que a fojas 01, tomó vista y presto conformidad la Secretaría de Desarrollo Humano.
Que a fojas 01 vuelta, tomó vista y conocimiento la Dirección de Recursos Humanos.
Que a fojas 03, tomó vista y presta conformidad la Secretaría de          Economía.
Que a fojas 05, tomó vista e informa la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal.
Que a fojas 07, tomó vista y presta conformidad la Secretaría de          Gobierno y Participación Ciudadana.
Que a fojas 07, tomó vista y conocimiento la Secretaría Legal y Técnica.
Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por los artículos 107° y concordantes del Decreto Ley 6768/58 y artículo 66° de la Ley 14.656.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
 

Artículo 1º.- Autorízase la ampliación horaria de 36 a 48 hs. de la          ------------- agente municipal de Planta Permanente que a continuación se detalla y que se desempeñan en la Dirección de Niñez, Adolescencia y Juventud, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, a partir del 01 de enero de 2020;

PERSONAL PROFESIONAL DE CARRERA HOSPITALARIA - ASISTENTE

"    GONZALEZ, Betina Andrea, legajo Nº 6286. 

Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el   ------------- artículo 1º, será imputado en la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente: 

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.
45.01.- Protección y Promoción de la Niñez, Adolescencia y Familia.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos en Personal.
01.- Personal Permanente.

Artículo 3º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, noti-                  ------------- fíquese, publíquese y archívese.--------------------------

D E C R E T O      Nº383.-
FR/rcv