Boletines/Lujan
Decreto Nº 376
Lujan, 02/03/2020
DESIGNACION CLARISA SALVO
Visto
El expediente N° 4069/0763/20 por el que la Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura solicitó la contratación de la Arq. Clarisa María Salvo para asignarle la tarea de supervisión de los proyectos de Remodelación de la Zona Histórico-Basilical, cuya ejecución está a cargo de la Comuna; y
Considerando
Que mediante la Resolución N° 7/17 el Departamento Ejecutivo autorizó a dicha Secretaría a impulsar los trámites de contrataciones de profesionales para ejercer la dirección de las obras públicas que el Municipio deba ejecutar en el marco de un amplio programa de trabajos públicos en marcha, mediante el mecanismo contemplado en el artículo 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, con sujeción a lo dispuesto por dicho acto administrativo y al contenido del Dictamen N° 10/2017 de la Secretaría Legal y Técnica.
Que en ese asesoramiento, se sugirieron los recaudos que deberían acreditarse como condición para que el Departamento Ejecutivo disponga la contratación de dichos profesionales.
Que, en ese orden, se verificaron en los antecedentes agregados a las actuaciones del Visto, los siguientes extremos: a) declaración fundada de imposibilidad del área técnica para asumir la dirección de obra de aquellos emprendimientos que carecen de ella; b) reconocimiento expreso de dicha imposibilidad por parte del Departamento Ejecutivo; c) produjo informe la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, en el que dio cuenta de: la selección realizada entre los inscriptos en el registro respectivo de la Dirección de Recursos Humanos; la inexistencia de profesionales -con la incumbencia requerida- que hubieran formalizado la inscripción pertinente en dicho Registro; razones que fundan la necesidad de la contratación directa de la Arq. Clarisa María Salvo; d) constancia de expedida por la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, en la expuso que los honorarios que la Municipalidad debe abonar se adecuan al arancel aplicable a la profesión del contratado; y e) informe de la Contaduría Municipal del que surge que la imputación del gasto generado por tales honorarios se efectuará a la partida presupuestaria fijada para abonar la obra.
Que con el cumplimiento de tales recaudos de trámite, resulta procedente la contratación contemplada en el artículo 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, tal lo solicitado la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.
Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades que se derivan de los artículos 107, 108 y 148 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Apruébase la contratación bajo la modalidad de Locación de ------------- Obra a celebrarse entre la Municipalidad de Luján y la Arq. Clarisa María Salvo, D.N.I. 18.148.777, Matrícula Provincial C.A.P.B.A. 15763, con domicilio legal en la calle San Martín Nº 1953, de la ciudad Luján, Provincia de Buenos Aires, para la realización de supervisión de los proyectos de Remodelación de la Zona Histórico-Basilical y cuyo modelo forma parte del presente acto.--------
Artículo 2º.- La Municipalidad abonará al profesional contratado la suma ------------- total de pesos trescientos sesenta mil ($ 360.000,00.-), dicha suma será abonada en seis (6) cuotas, iguales, mensuales y consecutivas de pesos sesenta mil ($ 60.000.-) cada una, en el período comprendido entre el 02 de enero de 2020 y el 30 de junio de 2020.------
Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por ------------- el artículo 2º será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
03.-Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.-
34.-Obras Públicas y Mantenimiento de Infraestructura.-
01.-Obras de Infraestructura.-
110.- Tesoro Munici
pal.-
3.4.9.0.- Otros.-
Artículo 4º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, ---------------notifíquese, publíquese y archívese.---------------------
D E C R E T O Nº376.-
CS/cg