Boletines/Lujan
Decreto Nº 367
Lujan, 02/03/2020
RENOVACION DE LA PLANTA TEMPORARIA DEL AGENTE GROCCIA MARCELO MIGUIEL
Visto
Que por expediente 4069/000181/2020, se solicita la renovación de la designación del agente municipal de Planta Temporaria que presta servicio en la Dirección de Entidades Comunitarias; y
Considerando
Que a fs. 01, tomó vista y emite informe la Dirección de Recursos Humanos.
Que a fs. 07, tomó vista y presta conformidad la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
Que a fs. 10, tomó vista e informa la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal.
Que a fs. 17, tomó vista y conocimiento la Secretaría de Economía.
Por ello; y en virtud de las competencias otorgadas por el articulo 107° y concordantes del decreto Ley 6768/58 y articulo 66° de la Ley N° 14.656
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Renuévase la designación del agente municipal de Planta ------------ Temporaria que presta servicios en la Dirección de Entida-des Comunitarias, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Participa-ción Ciudadana, y que a continuación se detalla, a partir del 1º de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020:
PERSONAL ADMINISTRATIVO CLASE V DE 40 HS. SEMANALES
" GROCCIA, Marcelo Miguel Ángel, legajo Nº 7261.
Artículo 2º.- Asígnasele al agente Marcelo Miguel Ángel GROCCIA, legajo -------------- N° 7261, la BONIFICACIÓN POR TITULO DEL 8%, contemplada en la Ordenanza de Presupuesto de Gastos vigente, a partir del 01 de enero del 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020.----------------------
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en ------------- los artículos 1° y 2º será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
52.- Conducción y Coordinación de Entidades Comunitarias.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos en Personal.
02.- Personal Temporario.
01.- Retribuciones del Cargo.
Artículo 4º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, noti- ------------- fíquese, publíquese y archívese.--------------------------
D E C R E T O N°367.-
FR/rcv