Boletines/Lujan

Decreto Nº320

Decreto Nº 320

Lujan, 01/03/2020

VISTO QUE A FS 1 DEL EXPEDIENTE N° 4069-000529/2020 LA ASOCIAICON DE UNION DE ARTESANOS DE LA TERCER

Visto

 Que a fs. 1 del expediente 4069-000529/2020 la Asociación "Unión de Artesanos de la Tercera Edad Nuestras Manos", solicita el reconoci-miento de su nueva Comisión Directiva, y 
 

Considerando

Que el Decreto N° 716/18 otorgado oportunamente por este Municipio tiene vencimiento el 14 de febrero de 2020. 

           Que con fecha 11 de enero de 2020, la entidad realizó la Asamblea General Ordinaria eligiendo las nuevas autoridades que regirán los destinos de la institución.

           Que es exclusiva responsabilidad de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas de la entidad la fecha del periodo de man-dato expuesto en el párrafo anterior.

           Que a fs. 29 la Dirección de Entidades Comunitarias analiza los aspectos administrativos del expediente en cuestión; cumplidos los requisitos establecidos en la Ordenanza N° 6215 y sus modificatorias; pudiendo reconocerse la Comisión Directiva y la Comisión Revisora de Cuentas de la Entidad.

Por ello: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A

Artículo 1°.- Tómase conocimiento de la nueva Comisión Directiva de la    ------------- Asociación "Unión de Artesanos de la Tercera Edad Nuestras Manos", con domicilio legal en la calle Rodolfo Walsh Nº 2846, de esta Ciudad de Luján, con mandato comprendido entre el 11 de enero de 2020 al  10 de enero de 2022, la misma está integrada de la siguiente manera: Presidenta: Amalia Beatriz CÁNEPA D.N.I. 6.370.472; Vicepresidente: Hugo LACAZE D.N.I. 7.656.704;; Secretario: Eloy Marcos PALOMEQUE D.N.I. 34.871.691; Tesorera: Norma Edelmira FRANCIONE D.N.I. 5.423.986; Vocal Titular: María Susana DEFELICE D.N.I 13.561.523; Vocal Suplente: Marcela Adriana FERNANDEZ D.N.I. 16.598.826; Revisor de Cuentas Titular: Lionel Osvaldo SALAS D.N.I. 4.723.568; Revisor de Cuentas Suplente: Conrado Agustín CAMARGO D.N.I 28.873.283.---------------------------------------

Artículo 2°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, noti- ------------- fíquese, publíquese y archívese. ----- -------------------


D E C R E T O   Nº320.-