Boletines/Lujan
Decreto Nº 315
Lujan, 01/03/2020
SOLICITA EL BENEFICIO DE LOS 6 SUELDOS EL AGENTE JORGE JUAN ACTIS GROSSO
Visto
Que por expediente 4069/000407/2020, se solicita la percepción del beneficio de seis (6) sueldos, en los términos previstos en el artículo 72º, inc. f. de la Ley 14.656; y
Considerando
Que mediante Decreto Nº189 del 06 de febrero de 2020, se dispuso el cese del ex agente municipal a los fines de acogerse al beneficio jubilatorio ordinario a partir del 03 de febrero de 2020.
Que el artículo 72º inc. f de la Ley 14.656, establece: "
Cuando el cese del trabajador se produjera computando como mínimo treinta años de servicio, se le otorgará una retribución especial sin cargo de reintegro equivalente a seis (6) mensualidades del sueldo básico de la categoría en que revista, o del Salario Mínimo Vital y Móvil si este fuere superior, sin descuento de ninguna índole y la cual deberá serle abonada dentro de los treinta (30) días del cese".
Que el ex agente cumple los requisitos establecidos precedente-mente, contando con una antigüedad superior a los treinta años de servi-cio en la Administración Pública Provincial al momento de producido el cese de actividades en el Municipio de Luján.
Que a fojas 07 vuelta, tomó vista y conocimiento la Dirección de Recursos Humanos.
Que a fojas 08, tomó vista e informa la imputación presupuesta-ria la Contaduría Municipal.
Que a fojas 09, tomó vista y conocimiento la Secretaría de Economía.
Que a fojas 10, tomó vista y conocimiento la Secretaría de Gobierno y Relaciones Institucionales.
Que a fojas 10, tomó vista y conocimiento la Secretaría Legal y Técnica.
Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58 y artícu-lo 66° de la Ley N° 14.656
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1°.- Abónese al ex agente municipal Jorge Juan ACTIS GROSSO, ------------- DNI Nº 13.146.634, la suma equivalente a seis (6) sueldos básicos de la categoría Personal de Servicio Clase II de 48 hs. semana-les, conforme lo establece la Ley Nº 14.656, en su artículo 72º inc. f.-----------------------------------------------------------------
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en ------------- el artículo 1º, será imputado en la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
16.- Secretaría de Salud.
41.01.- Servicio de Atención Médica Hospitalaria.
110.- Tesoro Municipal.
1.5.0.0.- Asistencia Social al Personal.
Artículo 3°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, noti- ------------- fíquese, publíquese y archívese.-------------------------
D E C R E T O Nº315.-
AGM/rcv