Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1241/17
Brandsen, 13/09/2017
Visto
Visto el Expediente Nº 4015-21172/17 por el cual la Sra. Manolio Susana Adela en su carácter de cónyuge supérstite del Sr. Luis María Taus, solicita la Baja de su comercio identificado con el legajo Nº 482; y,
Considerando
Que a fs. 15 obra dictamen de Asesoría Letrada, “Sr. Director de Ingresos Públicos: Vienen las actuaciones a efectos de emitir opinión con respecto a la petición formulada de fs. 1 por la Sra. Manolio en su carácter de cónyuge supérstite del Sr. Luis María Taus titular del comercio Legajo 482, acreditando con la documentación de fs. ¾ tal carácter. Solicita en dicha presentación la baja del comercio a diciembre de 2015, adjuntando copia de la escritura traslativa de dominio de fecha 29/12/2015 correspondiente al inmueble donde funcionaba la veterinaria, probando que el inmueble había sido vendido en dicha fecha, y por ende cesado su actividad comercial en la veterinaria, surgiendo del artículo CUARTO que en dicha fecha (29/12/2015) el adquirente se encuentra en posesión real y efectiva del inmueble, por la tradición recibida antes de ese acto. En consecuencia, no encuentro objeciones a que se otorgue la baja del comercio a la fecha señalada, previo pago por parte de la peticionante de la deuda en concepto de Derechos de Publicidad y Propaganda y la Tasa de Seguridad e Higiene, para lo cual remito el expte. a la Dirección de Ingresos Públicos, para que una vez abonadas las deudas al 29/12/2015, pase las mismas a la Dirección de Despacho y Digesto, y de estar de acuerdo el D.E, dicte el aco administrativo correspondiente. Asesoría Letrada, Julio 20 de 2017. Fdo: Luis M. Cowen. Asesor Letrado. Municipalidad de Brandsen.”
Que a fs. 16, del expediente obra certificado de libre deuda expedido por el Departamento de Ingresos Públicos, respecto del inmueble donde desarrollaba la actividad comercial;
Que a fs. 17 del expediente obra dictamen del Jefe de Descentralización Tributaria: “Atento la solicitud de la Subsecretaria de Protección Ciudadana y Habilitaciones, este Departamento cumple en informar que el comercio inscripto bajo el Leg. Nº 482, NO registra deuda municipal bajo ningún concepto a la fecha de constatación de la Baja. Pasen las presentes actuaciones a esa Dirección para confeccionar, de estar de acuerdo el Sr. Intendente, el decreto de baja del comercio. Cumplido vuelva a este departamento para tomar conocimiento del mismo y dar continuidad al trámite. Depto. de Ingresos Públicos, 8 de Septiembre de 2017. Fdo: Daluisia María Noelia. Jefe Interino de Descentralización Tributaria. Municipalidad de Brandsen”;
Que ante la situación presentada, corresponde proceder a su baja a partir de la fecha de constatación, dictando el pertinente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTCULO 1º.- Dese de baja al comercio habilitado bajo el Legajo Nº 482 cuyo titular era el Sr. Luis María Taus, desde el 29 de Diciembre de 2015.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno y de Protección Ciudadana y Habilitaciones.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese.-