Boletines/Baradero
Ordenanza Nº 5933
Baradero, 19/05/2020
Visto las actuaciones que corren por expediente administrativo N° 4009- 20-10133/20, Letra “D”, donde consta el Acta de Cooperación suscripto entre el Departamento Ejecutivo y el Sanatorio OSPREM de SAMI Baradero S.A. en el Marco de la Emergencia Sanitaria por la propagación del COVID – 19 y;
Considerando que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Refréndese el Acta de Cooperación suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal representado por el Intendente Municipal Don Esteban Sanzio y el Sanatorio OSPREM de SAMI Baradero S.A., representado por el Director Médico Dr. Carlos Brandli, titular del DNI 11.487.014, con domicilio en Avda. Rene Simón N° 910 de la ciudad de Baradero.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria a los 19 días del mes de mayo de 2020.
FDO: Sra. Silvana Iozzia, PTE. HCD y Sr. Olmos Carlos, Secretario de HCD. BARADERO, 22 de mayo de 2020.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese la presente Ordenanza registrada bajo el N° 5933.