Boletines/Las Flores

Decreto Nº0927/2020

Decreto Nº 0927/2020

Publicado en versión extractada

Las Flores, 27/05/2020

   Las Flores, 27 de Mayo de 2020.-          

 

VISTO:

El Expte. 4063-1378/20, por el cual se tramitó la Compra de Alimentos.-

 

ATENTO:

Que mediante decreto Municipal nro. 580/2020, se declaró el estado de Emergencia preventiva sanitaria en el Ámbito de todo en Partido de Las Flores, por el término de ciento ochenta (180) días, con motivo de la enfermedad ocasionada por el nuevo coronavirus (COVID-19).-

 

CONSIDERANDO:

Que en nota de fecha 20 de Mayo del corriente,  el Secretario de Desarrollo Humano  Prof. Julio Hemmen, solicita en el Marco del Ordenanza 3222/2020, y de manera Urgente, la adquisición de alimentos, para cubrir las necesidades alimentarias de personas, que se encuentran afectadas por la Emergencia Publica en materia sanitaria y la medida de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio dispuesta por el Gobierno Nacional.-

 

Que en Ordenanza 3222/2020, en su  Art, 4 se “Autoriza al Departamento Ejecutivo a Realizar las Pertinentes contrataciones directas, en los términos del Inciso 10) del Artículo 156° e Inciso b) del Artículo 119° ambos de la Ley Orgánica de las Municipalidades N° 6769/58 y sus modificatorias, de todos los medicamentos, mercadería, comida y demás artículos de primera necesidad, necesarios para cubrir todas las necesidades que surgen de esta emergencia pública en materia sanitaria y de la medida de Aislamiento Social Preventivo y obligatorio dispuesta por el Gobierno Nacional, que impide – por fines sanitarios superiores- el desempeño de tareas o actividades comerciales a un número importante de personas de nuestro partido”.-

 

               Que se ha generado la solicitud de Pedido nro. 1758, requiriéndose los alimentos,  y se han   realizado los pedidos de cotización correspondientes.-

                 

           Que el Jefe de Compras aconseja adjudicar a la firma  Trepicio Ricardo Oscar  los       siguientes Artículos: 1500 Unidades de   Harina leudante de 1 kg a  $ 45.9 valor unitario; 1500 paquetes de  Fideos Guiseros por 500  grs.  $ 27.58 valor unitario; 1500 paquetes de  Fideo Tallarín por 500 grs.  $ 27.98  valor unitario; 1500  Mermeladas por 500 Grs.  $ 36.88 valor unitario; 1500 paquetes de Yerba de 500 grs. $ 73.9  valor unitario  y 1500 unidades de  Harina de Maiz de 1 kg a  $ 32.9 valor unitario. Y adjudicar a la firma  Actual Las Flores S.A. los siguientes artículos: 1500  Aceites de 1 litro a $ 64.28 valor unitario, 1500 paquetes de  azúcar de 1  kg a  $ 55.9 valor unitario; 1500 paquetes de Harina de trigo de 1kg a  $ 33.2 valor unitario; 1500 paquetes de arroz de 1 kg a  $ 47.99 valor unitario; 1500 paquetes de Lentejas  por 400 grs.  a  $ 58.49 valor unitario y 1500  Pure de Tomate por 520 cm3 a   $ 32.9 valor unitario.-

 

                Que mediante informe del Jefe de Compras y Suministros de fecha 26 de mayo, manifiesta que teniendo en cuenta la Emergencia Sanitaria Declarada y que los presupuestos presentados por los proveedores  se encuentran dentro de los valores de Mercado, no encuentra objeciones para aconsejar la adjudicación por excepción del art. 156 inc.10 de la Ley Orgánica de Las Municipalidades.-

 

 

 

 

 

Por ello:

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LAS FLORES

 

D E C R E T A

 

Artículo 1º: Adjudicase la compra directa a la firma TREPICIO RICARDO OSCAR de los siguientes productos 1500 Unidades de  Harina leudante de 1 kg a  $ 45.9 valor unitario; 1500 paquetes de  Fideos Guiseros por 500  grs.  $ 27.58 valor unitario; 1500 paquetes de  Fideo Tallarín por 500 grs.  $ 27.98  valor unitario; 1500  Mermeladas por 500 Grs.  $ 36.88 valor unitario; 1500 paquetes de Yerba de 500 grs. $ 73.9  valor unitario  y 1500 unidades de  Harina de Maíz de 1 kg a  $ 32.9 valor unitario, por un valor total de pesos  Trescientos sesenta y siete mil setecientos diez con 00/100  ($ 367.710,00).-

 

Artículo 2º: Adjudicase la compra directa a la firma ACTUAL LAS FLORES S.A. de los siguientes artículos: 1500  Aceites de 1 litro a $ 64.28 valor unitario, 1500 paquetes de  azúcar de 1  kg a  $ 55.9 valor unitario; 1500 paquetes de Harina de trigo de 1kg a  $ 33.2 valor unitario; 1500 paquetes de arroz de 1 kg a  $ 47.99 valor unitario; 1500 paquetes de Lentejas  por 400 grs.  a  $ 58.49 valor unitario y 1500  Puré de Tomate por 520 cm3 a   $ 32.9 valor unitario, por un  valor total de pesos Cuatrocientos treinta y nueve mil ciento cuarenta con 00/100  ($ 439.140,00).-

 

Artículo 2°: La erogación que resulte a lo dispuesto en el artículo anterior se imputará a la  partida 2.1.1.0 “Alimento para Personas”  de la Jurisdicción 1110105000 “Secretaría de Desarrollo Humano”: Programa 24.00 “Acción Social”, Fuente de financiamiento 132 “De origen Provincial del presupuesto de gastos vigente.

 

Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a los interesados, tome nota Contaduría, Tesorería, Oficina de Compras,   Secretaría de Desarrollo Humano y dese al R.O. del Municipio.  

 

 

 

               Prof. JULIO HEMMEN                                                Ing. ALBERTO  C. GELENE                                                  

 

     Secretario de Desarrollo Humano                                              Intendente Municipal

                                                                                  

                       

 

   Decreto Nº  927.-