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Decreto Nº1318

Decreto Nº 1318

Bolivar, 29/06/2017

Visto

El Expediente N° 4013-302/15 mediante el cual tramita la Licitación Pública N° 2/2015, para ejecutar la obra para la terminación de 20 viviendas en Urdampilleta y Pirovano, en el marco del Programa Federal de Viviendas “Techo Digno”  y;

Considerando

Que con fecha 14 de Abril de 2015, fue celebrado entre la Municipalidad de Bolívar y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, un convenio para la ejecución de la obra detallada en el visto, protocolizado como ACU-S.S.D.UyV N° 0773/15;

 

Que por Decreto N° 520/15 se aprobó el llamado a Licitación Pública tendiente a contratar la obra para la terminación de 20 viviendas en Urdampilleta y Pirovano, en el marco del Programa Federal de Viviendas “Techo Digno”;

 

Que mediante decreto N° 893/2015 se llevo a cabo la adjudicación a la firma CEI OSCAR ALFREDO,  CUIT 20-14401867-3, por la suma de pesos cinco millones setecientos noventa mil con 00/100  ($ 5.790.000,00.);

 

Que el 24 de Agosto de 2016 mediante Resolución N° 62 se aprueba una modificación de los convenios particulares suscriptos en el marco del “PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS - TECHO DIGNO”  la referida modificación, en primer lugar, prevé respecto a los convenios particulares para la ejecución de proyectos de viviendas sociales con o sin infraestructura básica, una adecuación del monto que el ESTADO NACIONAL se compromete a financiar para los proyectos en cuestión;

 

Que atento a esta modificación, el Municipio envío la Nota de adhesión con fecha 22 de Septiembre al Ministerio del Interior, Obras Publicas y Viviendas a fin de obtener la adecuación de la obra terminación de 20 viviendas en Urdampilleta y Pirovano;

 

Que con fecha 9 de Noviembre de 2016 mediante informe: IF-2016-03132379-APN-SSDUYV#MI, se notifica a este Municipio  la Readecuación del Saldo pendiente de ejecución al 30/04/2016;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

 Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

 

DECRETA

Artículo 1º: Adécuese el saldo de la obra para la terminación de 20 viviendas en Urdampilleta y Pirovano por la suma de pesos un millón ochocientos cincuenta y dos mil ochocientos con 00/100 ($1.852.800,00) a la firma CEI OSCAR ALFREDO,  CUIT 20-14401867-3.

 

Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a Jurisdicción: 1110110000 – Secretaria de Obras Publicas y Urbanismo - 32.00.00 Ejecución de Obras y Servicios Públicos - 32.62.00 – Programa de Viviendas Sociales URDAMPILLETA – PIROVANO - Partida 4.2.1.0 –Construcción en Bienes de Dominio Privado – Fuente de Financiamiento 133 – de Origen Nacional - Recurso: 222.01.51 – Convenio Ministerio de Planificación TECHO DIGNO Urdampilleta - Pirovano.

 

Artículo  3°: Tomen conocimiento, Secretaría de Hacienda, Contaduría, Tesorería, y demás oficinas que considere corresponder,  a efectos de su fiel cumplimiento.

 

Artículo  4°: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Hacienda conforme lo dispuesto en el Decreto Nº 85/17.

 

Artículo 5º: Notifíquese, Comuníquese, dése al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.