Boletines/Bolivar
Decreto Nº 1302
Bolivar, 28/06/2017
Visto
La nota elevada por la Directora del Hospital Dr. M. L. Capredoni, y;
Considerando
Que el Dr., se encontraba desempeñando tareas como Personal Mensualizado, pasando a cumplir funciones como Personal Profesional Asistente;
Que de acuerdo a los distintos programas del Detalle de Sueldos Individuales, es necesario reubicar a los agentes según la tarea específica que realizan;
Que es potestad del Departamento Ejecutivo, en la órbita de sus facultades propias y privativas, la designación de que se trata, según lo determina el artículo 107) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1°: Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2017 – las transferencias de cargos, según el detalle que figura en la planilla que como Anexo Único, forma parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 2º: Modificar, en virtud de lo dispuesto por el artículo precedente, el Resumen del Número de Cargos, correspondiente a Jurisdicción: Secretaria de Salud – Subjurisdicción: Hospital Municipal Dr. M. L. Capredoni, del Presupuesto General Ejercicio 2017 – Formulario N° 6, de acuerdo al siguiente detalle:
DISMINUCIÓN
SECRETARIA DE SALUD.
Categoría Programática: 16.00.00 – Hospital Dr. M. L. Capredoni.
Planta Temporario.
Personal Mensualizado – Categoría 17.
AMPLIACIÓN
SECRETARIA DE SALUD.
Categoría Programática: 16.00.00 – Hospital Dr. M. L. Capredoni.
Planta Permanente.
Personal Profesional – Asistente.
Artículo 3º: Reubíquese a partir del 01 de Junio de 2017, al Dr. para desempeñarse como Personal Profesional, Asistente de 48 hs semanales, en el Hospital Dr. M. L. Capredoni, y;
Artículo 4º: Abónese, a partir del 1º de Junio de 2017, la Bonificación por Función como Jefe del Servicio de Pediatría del Hospital Dr. M. L. Capredoni, al Dr. equivalente al 40 % del sueldo Básico;
Artículo 5º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 4º será imputado a Jurisdicción: 1110105000 – Programa: 16.00.00 – Hospital Dr. M. L. Capredoni.
Artículo 6º: Notifíquese con copia del presente Decreto al Dr. en los términos de la Ordenanza General 267/80.
Artículo 7º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 8º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.
Artículo 9º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.