Boletines/Bolivar
Decreto Nº 1295
Bolivar, 28/06/2017
Visto
Lo normado en el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 2180/11 y su Decreto Reglamentario Nº 309/12, y;
Considerando
Que por la Ordenanza Nº 2180/11 se estableció que el personal excluido de la Ley 11.757, tiene derecho a percibir las bonificaciones que determine el Departamento Ejecutivo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Abónese a partir del 01 de Junio de 2017 y hasta el 31 de Diciembre de 2017, la Bonificación por Tarea Adicional Exclusiva al agente.
Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a Jurisdicción: 1110112000 – Programa: 16.01.00: Planta de Reciclado.
Artículo 3º: Notifíquese con copia del presente Decreto al Sr. en los términos de la Ordenanza General 267/80.
Artículo 4º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.
Artículo 6º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.