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Decreto Nº1291

Decreto Nº 1291

Bolivar, 27/06/2017

Visto

La nota elevada por la Directora de Servicios Urbanos, y;

Considerando

Que el agente, se encontraba desempeñando tareas en Red Vial Bolívar, pasando a desempeñar tareas en Red Vial Hale;

 

Que de acuerdo a los distintos programas del Detalle de Sueldos Individuales, es necesario reubicar a los agentes según la tarea específica que realizan;

 

Que en esta instancia, es menester introducir modificaciones en la distribución de cargos aprobados;

 

Que es potestad del Departamento Ejecutivo, en la órbita de sus facultades propias y privativas, la designación de que se trata, según lo determina el artículo 107) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

Por ello,

El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

 

DECRETA

Artículo 1°: Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2017 – las transferencias de cargos, según el detalle que figura en la planilla que como Anexo Único, forma parte integrante del presente acto administrativo.

 

Artículo 2º: Modificar, en virtud de lo dispuesto por el artículo precedente, el Resumen del Número de Cargos, correspondiente a Jurisdicción: Secretaria de As. Agrarios, Prom Industrial, Comercio y Valor Agregado – Subjurisdicción: Dirección de Vial, del Presupuesto General Ejercicio 2017 – Formulario N° 6, de acuerdo al siguiente detalle:

 

DISMINUCIÓN

SECRETARIA DE AS AGRARIOS, PROM INDUSTRIAL, COMERCIO Y V. AGREGADO.

Categoría Programática: 17.01.00 – Red Vial Bolívar.

Planta Permanente.

Personal de Obrero: Categoría 16.

 

AMPLIACIÓN

SECRETARIA DE AS AGRARIOS, PROM INDUSTRIAL, COMERCIO Y V. AGREGADO.

Categoría Programática: 17.04.00 – Red Vial Hale.

Planta Permanente.

Personal de Obrero: Categoría 16.

 

Artículo 3º: Reubíquese, a partir del 01 de Junio de 2017, al señor, con un régimen de 44 horas semanales de labor.

 

Artículo 4º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 3º será imputado a - JURISDICCION: 1110115000 – PROGRAMA: 17.04.00 – Red Vial Hale.

 

Artículo 5º: Notifíquese con copia del presente Decreto al Sr. en los términos de la Ordenanza General 267/80.

 

Artículo 6º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

 

Artículo 7º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.

 

Artículo 8º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.