Boletines/Bolivar
Decreto Nº 1272
Bolivar, 27/06/2017
Visto
La nota presentada por el Sra. solicitando la devolución de lo abonado por error en concepto de Servicios Retributivos y Servicios Sanitarios, y;
Considerando
Que la mencionada solicitud de devolución es avalada por la Oficina de Rentas, por haber abonado las cuotas Nº 01, 02, 03 y 04/17 Padrón Nº 4775/00, perteneciente a la Tasa por Alumbrado, Conservación de la Vía Pública y Servicios Sanitarios, de la propiedad identificada catastralmente como Cir. I Sec. C Manz 215 Parc.10A, debido a que el inmueble no es de su propiedad, siendo que le corresponde abonar la citada tasa del padrón Nº 4776/00 Cir. I Sec. C Manz. 215 Parc. 10B, según documentación adjunta;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por Art. 107 de la Ley Orgánica Municipal, Art. 135 del Reglamento de Contabilidad de las Municipalidades de la Pcia. de Buenos Aires y Art. 165 del Decreto 2980/00 (RAFAM);
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Contaduría Municipal a librar Orden de Pago a favor de la Sra. en concepto de devolución y de acuerdo a lo expresado anteriormente.
Artículo 2º: El importe de referencia del artículo 1º deberá imputarse a:
1210101 Tasa Alumbrado y Limpieza – Del Ejercicio $ 634,52
1210703 Servicio Medido- Del Ejercicio $ 1.617,20
1211501 Serv. Guardia Urbana Monitoreo DF-Inmuebles Urbanos $ 104,52
Artículo 3º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Contaduría, Tesorería, Oficina de Rentas, Cómputos y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Hacienda.
Artículo 5º: Notifíquese, Comuníquese, dese al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.