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Decreto Nº1266

Decreto Nº 1266

Bolivar, 26/06/2017

Visto

La nota elevada por la Directora del Hospital Dr. M. L. Capredoni, y;

Considerando

Que en la misma, solicita se establezca la ampliación del régimen horario del Dr. quien cumple un régimen de 24 horas semanales, pasará a desempeñarse con un régimen de 36 horas semanales de labor;

 

Que la designación en el sector permanecerá mientras esté vigente la necesidad que ahora se satisface, sin perjuicio de la cual se evaluarán las capacidades del agente para el caso que fuere menester asignar nuevas tareas y funciones durante el plazo de nombramiento;

 

Que es potestad del Departamento Ejecutivo, en la órbita de sus facultades propias y privativas, la designación de que se trata, según lo determina el articulo 107) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

Por ello,

El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

 

DECRETA

Articulo 1º: Ampliase a 36 horas semanales de labor, a partir del 1º de Junio de 2017, el régimen horario del Dr. cumpliendo las mismas en el Servicio de Cardiología del Hospital Dr. M. L. Capredoni.

        

Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a Jurisdicción: 1110105000 – Programa: 16 - 00- 00 – Hospital Dr. M. L. Capredoni.

 

Artículo 3º: Notifíquese con copia del presente Decreto al Dr. en los términos de la Ordenanza General 267/80.

 

Articulo 4º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

 

Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.

 

Articulo 6º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.