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Decreto Nº1265

Decreto Nº 1265

Bolivar, 26/06/2017

Visto

La nota elevada por la Directora del Hospital Dr. M. L. Capredoni;

 

Considerando

Que hay sectores, que requiere de tareas específicas y que las mismas deben ser desarrolladas fuera del horario habitual de trabajo;

 

Debido a ello, es justo continuar con el pago de las Bonificación por Extensión Extra Laboral, a aquellos agentes que desarrollan tareas fuera de su labor diaria, a fin de compensarlos económicamente;

 

Que la designación en el sector permanecerá mientras esté vigente la necesidad que ahora se satisface, sin perjuicio de la cual se evaluarán las capacidades del agente para el caso que fuere menester asignar nuevas tareas y funciones durante el plazo de nombramiento;

 

Que es potestad del Departamento Ejecutivo, en la órbita de sus facultades propias y privativas, la designación de que se trata, según lo determina el articulo 107) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

Por ello,

El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

 

DECRETA

Articulo 1º: Abónese a partir del 1º de Junio de 2017 y hasta el 31 de Agosto de 2017, una Bonificación por Extensión Extra Laboral, a los agentes cuya nómina, importe, tarea e imputación consta como Anexo I, del presente decreto.

 

Articulo 2º: Notifíquese con copia del presente Decreto a los agentes cuya nómina consta como Anexo I del presente decreto, en los términos de la Ordenanza General 267/80.

 

Articulo 3º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

 

Articulo 4º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.

 

Articulo 5º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.