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Decreto Nº1253

Decreto Nº 1253

Bolivar, 22/06/2017

Visto

La entrada en vigor de la Resolución N° 62 del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA y;

Considerando

Que por la Resolución N° 428/09 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente entonces del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se creó el “PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS - TECHO DIGNO”, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente entonces del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS;

 

Que por la Circular Nº 2 de fecha 16 de octubre de 2012 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente entonces del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se implementó el plan de acción denominado “Más Cerca: Más Municipio, Mejor País, Más Patria”;

 

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, dispone como competencia de este Ministerio la de entender en la elaboración y ejecución de programas de vivienda destinada a los sectores de menores recursos;

 

Que en el marco de lo expuesto el Ministerio aprueba una modificación de los convenios particulares suscriptos en el marco del “PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS - TECHO DIGNO” a la que podrán adherir voluntariamente los entes ejecutores de estos convenios;

 

Que la referida modificación, en primer lugar, prevé respecto a los convenios particulares para la ejecución de proyectos de viviendas sociales con o sin infraestructura básica, una adecuación del monto que el ESTADO NACIONAL se compromete a financiar para los proyectos en cuestión, disponiendo un incremento del financiamiento por la ejecución física faltante, del NOVENTA POR CIENTO (90%) del monto máximo financiable previsto en la Resolución N° 647 del 12 de mayo de 2016 de este Ministerio, a partir del 30 de abril de 2016;

 

Que este Municipio ha suscripto diferentes convenios en el Marco del “PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS - TECHO DIGNO”;

 

Que este Municipio con fecha 22 de septiembre de 2016, se adhirió a esta Resolución N° 62, según la forma prevista en el MODELO DE NOTA DE ADHESIÓN - APARTADO A/B DEL ANEXO I, que como Anexo II forma parte de la resolución mencionada;

 

Por ello;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

 

DECRETA

Artículo 1º: Adhiérase a la Resolución N° 62 del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

 

Artículo 2º: Tomen conocimiento, Secretaría de Hacienda, Contaduría, Tesorería, y demás oficinas que considere corresponder,  a efectos de su fiel cumplimiento.

 

Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Legal   y Técnica.

 

Artículo 4º: Notifíquese, Comuníquese, dése al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.