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Decreto Nº1244

Decreto Nº 1244

Bolivar, 21/06/2017

Visto

La organización del Festival Nacional de Cine “Leonardo Favio”, que se llevará a cabo en Bolívar, a partir del día 19 de Agosto hasta el día 26 de Agosto, y;

Considerando

Que la Muestra lleva el nombre de Leonardo Favio a modo de Homenaje a quien se ha destacado como Director de cine, con una visión única y un estilo propio donde la poesía visual es una constante, siendo considerado uno de los directores más influyentes del cine nacional, ícono de la generación del 60, llamada por aquel entonces "el nuevo cine argentino”;

 

Que la presentación de la misma forma parte de una política de la Dirección de Cultura destinada a fortalecer la cultura y desarrollar la actividad relacionada con el cine en la localidad, siendo este un evento que se desarrolla anualmente;

 

Que este evento logrará posicionar al Partido de Bolívar como eje del cine a nivel provincial y nacional;

 

Que las películas se podrán disfrutar en 35 mm, es decir en calidad cinematográfica, en el Cine Avenida;

 

Que la presente muestra forma parte del cronograma de actividades que se desarrolla desde la Dirección de Cultura, planificado desde el comienzo del año;

 

Que constituye un evento que genera desarrollo turístico para la localidad otorgándole relevancia, por lo cual existe participación en su organización de la Dirección de Turismo;

 

Que la Muestra de los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 ha cumplido con sus finalidades reavivando la actividad cultural en el Partido de Bolívar, constituyéndose en un evento de relevancia en la región y siendo referencia en el ámbito del cine provincial y nacional;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

Por ello; 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

 

DECRETA

Artículo 1º: Autorízase a Contaduría Municipal a abonar hasta la suma de pesos Setecientos Veinte mil Cuatrocientos Cincuenta con 00/100 ($720.450,00) por los gastos que se originen con motivo de la organización del Festival de Cine Nacional “Leonardo Favio”, que se llevará a cabo en Bolívar, a partir del día 19 de Agosto hasta el día 26 de Agosto.

 

Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1° será imputado a: Jurisdicción 1110114000 - Secretaría de Desarrollo Humano, Cultura y Deporte – 32 – Promoción y Difusión de la Cultura – 07 – Cine Avenida.

 

Artículo 3°: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Contaduría, Tesorería y Dirección de Cultura, a efectos de su fiel cumplimiento.

 

Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Desarrollo Humano, Cultura y Deporte.

 

Artículo 5º: Comuníquese, dése al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.