Boletines/Bolivar
Decreto Nº 1239
Bolivar, 19/06/2017
Visto
El expediente N° 4013-528/17 y la necesidad de abonar los gastos de mantenimiento y reparación de barredora, dependiente de la Secretaría de Espacios Públicos y Ambiente, y;
Considerando
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades establece para las contrataciones directas, en su artículo 151°, un monto máximo de Pesos Ochenta y Tres mil Seiscientos Setenta y Seis con 00/100 ($ 83.676,00);
Que en ésta ocasión el monto a abonar por la reparación de una barredora, dependiente de la Secretaría de Espacios Públicos y Ambiente es de Pesos Quinientos Sesenta y Siete Mil con 00/100 ($ 567.000,00);
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 156 inciso 6 establece como excepción a lo prescripto en el artículo 151° que “Se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: 6° La reparación de motores, máquinas, automotores y aparatos en general.”;
Que el Proveedor, resulta ser el encargado de la reparación de la mencionada barredora;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Contaduría Municipal, a abonar los gastos de mantenimiento y reparación de barredora, dependiente de la Secretaría de Espacios Públicos y Ambiente, al Proveedor, por la suma de Pesos Quinientos Sesenta y Siete Mil con 00/100 ($ 567.000,00).
Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero será imputado a: Jurisdicción 1110112000- SECRETARIA DE ESPACIOS PUBLICOS Y AMBIENTE – PROGRAMA – 19 – ALUMBRADO PUBLICO Y BARRIDO. FUENTE DE FINANCIAMIENTO 110.
Artículo 3°: Tomen conocimiento Secretaría de Espacios Públicos y Ambiente, Secretaría de Hacienda, Contaduría y Tesorería, a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica, conforme lo dispuesto por Decreto N° 1096/2017.
Artículo 5º: Comuníquese, dése al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.