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Decreto Nº1210

Decreto Nº 1210

Bolivar, 16/06/2017

Visto

El oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado de Bolívar, Secretaría Única, del Departamento Judicial de Azul, en los autos caratulados Expte Nº 5339/16, y;

Considerando

Que en el mismo se solicita retener el importe de Pesos en concepto de capital, con más las suma de Pesos en concepto de intereses y costas, de los haberes que percibe el agente como agente municipal;

 

Por ello, 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

 

DECRETA

Articulo 1º: Autorizase a Contaduría Municipal a retener de los haberes del agente, el embargo decretado en autos en la proporción establecida por la Ley el importe de Pesos  en concepto de capital, con más las suma de Pesos en concepto de intereses y costas.

 

Articulo 2º: La suma que resultare de tal retención, deberán ser depositados en la Cuenta Judicial nº 6734-027-0502270/2; CBU 0140327327673450227023 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Bolívar, y a la orden de este Juzgado.

 

Articulo 3º: Notifíquese con copia del presente Decreto al agente, en los términos de la Ordenanza General 267/80.

 

Artículo 4º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría, Tesorería y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

 

Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.

 

Articulo 6º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.