Boletines/Bolivar
Decreto Nº 1193
Bolivar, 16/06/2017
Visto
El Expediente 4013-514/2017 por medio del cual la Secretaria de Obras Publicas y Urbanismo propicia la realización de ocho pozos absorbentes en viviendas de Urdampilleta y;
Considerando
Que la Secretaria de Obras Publicas y Urbanismo atento a que la localidad de Urdampilleta no cuenta con conexión de la red cloacal, se concluyo en la realización de ocho pozos absorbentes;
Que la obra será en las viviendas de la localidad de Urdampilleta de las cuales los Datos catastrales son los siguientes: Circunscripción IX, Sección B, Manzana 78, Parcelas 3, 4, 5, 6, 7, 8 y Circunscripción IX, Sección B, Manzana 79, Parcelas 1, 2, 3, 15;
Que la obra a ejecutarse consta de Excavación, mampostería, revoque y ejecución y colocación de tapa;
Que de este análisis surge la necesidad de contratar a CEI OSCAR ALFREDO, debido a que cuenta con la capacidad y experiencia necesaria para cumplir con las tareas necesarias;
Que de acuerdo a los montos estimados y con arreglo a lo normado en el Inc. d), Apartado I, Capítulo IV sobre “Obras Públicas” de la Ley Orgánica de Municipalidades y los valores actualizados por la Resolución N° 223/17 y modificatorias, del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, la obra encuadra en los montos determinados para la contratación directa;
Que en esta oportunidad, es menester determinar la imputación del gasto que demande el pago de los honorarios convenidos;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Autorízase a la Secretaria de Obras Publicas y Urbanismo a contratar la ejecución de la obra denominada realización de ocho pozos absorbentes en viviendas de Urdampilleta.
Artículo 2°: Determínase el presupuesto oficial, en pesos ciento noventa y cinco mil con 00/100 ($195.000,00).
Artículo 3°: Apruébase el modelo de Contrato de Obra a suscribir con el contratista, que como Anexo I forma parte integrante del presente.
Artículo 4º: El gasto que demande el cumplimiento del articulo 1º será imputado a Jurisdicción: 1110110000 Secretaría de Obras Publicas y Urbanismo - Programa: 32.00.00 – Ejecución de Obras y Servicios Públicos – Proyecto: 32.62.00 –Programa de Viviendas Sociales URDAMPILLETA-PIROVANO- Fuente de Financiamiento: 132- de Origen Provincial- Fondo solidario Provincial.
Artículo 5º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Contaduría y Tesorería, a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 6º: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Hacienda conforme lo dispuesto en el Decreto Nº 85/2017.
Artículo 7º: Comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.