Boletines/Bolivar
Decreto Nº 1179
Bolivar, 13/06/2017
Visto
La nota enviada por la Directora de Recursos Humanos, y;
Considerando
Que el Departamento Ejecutivo considera necesario continuar con acciones tendientes al mejoramiento de la situación económica de los agentes de la Administración Publica Municipal;
Que a los efectos de su aplicación práctica, corresponde adecuar el valor de la hora extra del personal que desempeña tareas para este Municipio;
Que la presente medida se adopta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Fijase a partir del 10 de Junio de 2017 y hasta la firma del convenio colectivo de trabajo, el valor de la hora extra:
Artículo 2º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Cómputos, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.
Artículo 4º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.