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Licitación Pública Nº18

Licitación Pública Nº 18

VISTO:

El Expediente Nº 4013-278/17 mediante el cual tramita la Licitación Pública N° 18/2017, para adjudicar la obra Adquisición e instalación de Fibra óptica en la ciudad de Bolívar y;

 

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 660/17 se aprobó el llamado a Licitación Pública tendiente a contratar la obra Adquisición e instalación de Fibra óptica en la ciudad de Bolívar,

 

Que la obra fue presupuestada en la suma de pesos cuatro millones quinientos mil con 00/100 ($4.500.000,00);

 

Que se han cumplimentado las publicaciones en el Boletín Oficial y en diarios locales, conforme lo dispuesto en el artículo 142° de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

Que según surge del Acta de Apertura del día 12/05/2017, se recibieron dos (2) ofertas válidas: de los proveedores el Sr. BRUNO ALFREDO ANTONIO DNI 12.506.937 y el Sr. FEIJOO PEYRAN FEDERICO DNI 36.138.068;

 

Que el 1° Dictamen de la comisión de preadjudicación de fecha 23/05/2017 se lleva a cabo la evaluación de los ANTECEDENTES y recomienda notificar a ambas empresas que complete la documentación faltante necesaria para continuar con la evaluación en el termino de 48hs hábiles;

 

Que en el Acta N° 2 de fecha 01/06/2017 se verifica que transcurridos los plazos establecidos, las firmas BRUNO ALFREDO ANTONIO y FEIJOO PEYRAN FEDERICO presento la documentación solicitada, y en el mismo acto se lleva a cabo la evaluación Técnica del Articulo 7° del Pliego de  Bases y Condiciones Particulares, las firmas superan la misma y se procede a notificar mediante carta documento la fecha del acto de apertura del Sobre N° 2;

 

Que el día 06 de Junio se lleva a cabo la apertura del Sobre N° 2 en la cual se conocen las propuestas económicas de los señores BRUNO ALFREDO ANTONIO y FEIJOO PEYRAN FEDERICO;

 

Que con fecha 13 de Junio de 2017 la Comisión de Pre adjudicación, encargada de evaluar las propuestas contenidas en el sobre N° 2, se expide aconsejando adjudicar la obra al Sr. BRUNO ALFREDO ANTONIO DNI 12.506.937 por la suma de pesos cuatro millones cuatrocientos veinte mil quinientos treinta y dos con 68/100 ($4.420.532,68) por considerar su propuesta la mas conveniente al interés fiscal;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 134° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y artículos 181° y 199° del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades;

 

Por ello;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLÍVAR

DECRETA

Artículo 1o: Aprobar la Licitación Pública N° 18/2017 llevada a cabo el día 12 de Mayo de 2017, para contratar la Adquisición e instalación de Fibra óptica en la ciudad de Bolívar.

 

Artículo 2°: Declarar admisibles las propuestas presentadas por los proveedores BRUNO ALFREDO ANTONIO DNI 12.506.937 y FEIJOO PEYRAN FEDERICO DNI 36.138.068, por ajustarse a los Pliegos de Bases y Condiciones.

 

Articulo 3°: Desestimar la oferta correspondiente al Sr. FEIJOO PEYRAN FEDERICO DNI 36.138.068 por no resultar conveniente al interés fiscal.

 

Artículo 4°: ADJUDICAR la ejecución de la obra al Sr. BRUNO ALFREDO ANTONIO DNI 12.506.937, por la suma de pesos cuatro millones cuatrocientos veinte mil quinientos treinta y dos con 68/100 ($4.420.532,68), por considerar la propuesta más conveniente al interés fiscal y ajustada al Pliego de Bases y Condiciones.

 

Artículo : Procédase a devolución de las garantías que correspondan a las propuestas no aceptadas.

 

Artículo 6o: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 3º será imputado a Jurisdicción: 1110102000 – Secretaría de Gobierno - 20.00.00 Protección Ciudadana y Seguridad Vial -20.09.00 –Programa Municipal de Seguridad Vial “Jorgito Martinez Boero” – Fuente de Financiamiento 132 – de Origen Provincial – Recurso 17.5.1.46 Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad y otros servicios.

 

Artículo 7o: Notificar a los adjudicatarios con arreglo a lo normado en la Ordenanza General 267/80.

 

Artículo 8o: Tomen conocimiento Secretaría de Obras Públicas y Urbanismo, Secretaría de Hacienda, Contaduría, Tesorería y Oficina de Compras a efectos de su fiel cumplimiento.

 

Artículo 9°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno.

 

Artículo 10°: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.