Boletines/Bolivar

Decreto Nº1172

Decreto Nº 1172

Bolivar, 13/06/2017

Visto

El Articulo 6 inc. e) de la ley 14.656, y;

Considerando

Que el Departamento Ejecutivo considera necesario continuar con acciones tendientes al mejoramiento de la situación económica de los agentes de la Administración Publica Municipal;

 

Que a los efectos de su aplicación práctica, corresponde adecuar el sueldo de la categoría inicial con régimen de 35 horas semanales de labor;

 

Que la presente medida se adopta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

Por ello, 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

 

DECRETA

Artículo 1º: Establecer que las disposiciones del presente Decreto serán aplicables al personal enmarcado en la Ley Nº 14.656, a partir del 1º de Junio del año 2017.

 

Artículo 2º: Fijase a partir del 1 de Junio de 2017, el sueldo básico para el Personal de la Administración Publica Municipal de Bolívar, en pesos Cuatro Mil Trescientos Treinta y Ocho con 24/100 ($ 4.338,24).

 

Artículo 3º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Cómputos, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

 

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.

 

Artículo 5º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.