Boletines/Bolivar

Decreto Nº1171

Decreto Nº 1171

Bolivar, 13/06/2017

Visto

La nota elevada por el Delegado de Hale, y;

Considerando

Que en la misma, solicita se establezca la ampliación del régimen horario del Agente, quien cumple un régimen de 44 horas semanales, pasará a desempeñarse con un régimen de 48 horas semanales de labor, cumpliendo las mismas en Red Vial Hale;

 

Que la designación en el sector permanecerá mientras esté vigente la necesidad que ahora se satisface, sin perjuicio de la cual se evaluarán las capacidades del agente para el caso que fuere menester asignar nuevas tareas y funciones durante el plazo de nombramiento;

 

Que es potestad del Departamento Ejecutivo, en la órbita de sus facultades propias y privativas, la designación de que se trata, según lo determina el articulo 107) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

Por ello,

El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

 

DECRETA

Artículo 1º: Amplíese a 48 horas semanales de labor, a partir del 01 de Mayo de 2017, el régimen horario del agente, quien continuará desempeñando las mismas en Red Vial Hale.

        

Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a Jurisdicción: 1110115000 – Programa: 17.04.00: Red Vial Hale.

 

Artículo 3º: Notifíquese con copia del presente Decreto al agente, en los términos de la Ordenanza General 267/80.

 

Artículo 4º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

 

Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.

 

Articulo 6º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.