Boletines/Bolivar
Licitación Privada Nº 19
VISTO:
El Expediente Nº 4013-398/2017 mediante el cual se propicia el llamado a Licitación Privada N° 19/2017 para la Relocalización de la Planta Hormigonera, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 929/2017 se aprobó el llamado a Licitación Privada Nº 19/2017 para la Relocalización de la Planta Hormigonera, con un presupuesto oficial de pesos Seiscientos Setenta mil con 00/100 ($670.000,00);
Que se han cursado Cuatro (4) invitaciones a comerciantes del ramo inscriptos en el Registro de Proveedores, de conformidad a lo establecido en los artículos 153 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 189 del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades a las firmas TECNUS S.R.L., SHEET METAL S.A., INDUMIX S.A. y PRIMUS S.A.;
Que se recibieron Dos (2) ofertas válidas según surge del Acta de Apertura del día 18 de Mayo de 2017, de las firmas TECNUS S.R.L. y SHEET METAL S.A.;
Que analizadas las ofertas elevadas a tal efecto y teniendo en cuenta el informe emanado de la Oficina de Compras, es conveniente adjudicar a la propuesta presentada por la firma TECNUS S.R.L., por la suma de pesos Seiscientos Trece mil Ciento Sesenta y Cuatro con 50/100 ($613.164,50);
Que en consecuencia, corresponde rechazar la oferta correspondiente a la firma SHEET METAL S.A., por ser menos conveniente al interés fiscal;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 154 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Apruébese la Licitación Privada Nº 19/2017 llevada a cabo el día 18 de Mayo de 2017, para la Relocalización de la Planta Hormigonera.
Artículo 2º: Declárese admisibles las propuestas presentadas por las firmas TECNUS S.R.L. y SHEET METAL S.A., por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
Artículo 3º: Desestímese la oferta correspondiente a la firma SHEET METAL S.A., por no resultar conveniente al interés fiscal.
Artículo 4º: Adjudíquese a la firma TECNUS S.R.L., por la suma de pesos Seiscientos Trece mil Ciento Sesenta y Cuatro con 50/100 ($613.164,50), por resultar la oferta más conveniente al interés fiscal y ajustada al Pliego de Bases y Condiciones.
Artículo 5º: El gasto que demande el artículo 1° será atendido con cargo a las siguientes partidas:
Artículo 6º: Notifíquese al adjudicatario y al resto de los oferentes, con arreglo a lo normado en la Ordenanza General 267/80.
Artículo 7º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Secretaría de Obras Públicas y Urbanismo, Oficina de Compras, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 8°: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Hacienda, conforme el Decreto N° 85/2017.
Artículo 9º: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.