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Licitación Privada Nº25

Licitación Privada Nº 25

VISTO:

 

El Expediente N° 4013-462/2017 mediante el cual se propicia el llamado a Licitación Privada N° 25/2017 para la adquisición de 50.000 litros de Gas-Oil para vehículos municipales, y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que es necesario contar con cantidad suficiente de Gas-Oil para la utilización de maquinarias y demás vehículos que integran el parque automotor municipal;

 

Que el combustible mencionado es de vital importancia para dar continuidad con la prestación de los servicios a la comunidad;

 

Que de acuerdo a los montos estimados por este Departamento Ejecutivo y con arreglo a lo normado en el Inc. e), Apartado I, Capítulo IV sobre “Adquisiciones y Contrataciones” de la Ley Orgánica Municipal y los valores actualizados por la Resolución Nº 436/17 del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para su adquisición es necesaria la aplicación del sistema de compra por Licitación Privada;

 

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

Por ello;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

 

DECRETA

 

Artículo 1º: Llámese a Licitación Privada Nº 25/2017, para la adquisición de hasta 50.000 litros de Gas-Oil.

 

Artículo 2°: Determínese el Presupuesto Oficial, en pesos Novecientos Setenta y Cinco mil con 00/100 ($975.000,00).

 

Artículo 3°: La presente Licitación se realizará con arreglo al Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto.

 

Artículo 4º: Las propuestas podrán ser presentadas hasta el día 13 de Junio de 2017, a las 10:00 horas, o el día siguiente hábil si fuese feriado o no laborable.

 

Artículo 5º: La apertura de las propuestas se llevará a cabo el día 13 de Junio de 2017, a las 10:30 horas, o el día siguiente hábil si éste fuese feriado o no laborable, en acto público.

 

Artículo 6º: El gasto que demande el artículo 1° será atendido con cargo a las siguientes partidas:

 

  • 25.000 lts.: Jurisdicción 1110115000- Secretaría de Asuntos Agrarios, Promoción Industrial, Comercio y Valor Agregado - Programa 17 - Mantenimiento y Mejoramiento de la Red Vial – 01 – Red Vial Bolívar. Fuente de Financiamiento 110.

 

  • 10.000 lts.: Jurisdicción 1110115000- Secretaría de Asuntos Agrarios, Promoción Industrial, Comercio y Valor Agregado- Programa 17- Mantenimiento y Mejoramiento de la Red Vial- 02 – Red Vial Urdampilleta. Fuente de Financiamiento 110.

 

  • 10.000 lts.: Jurisdicción 1110115000- Secretaría de Asuntos Agrarios, Promoción Industrial, Comercio y Valor Agregado - Programa 17 - Mantenimiento y Mejoramiento de la Red Vial – 03 – Red Vial Pirovano. Fuente de Financiamiento 110.

 

  • 5.000 lts.: Jurisdicción 1110115000- Secretaría de Asuntos Agrarios, Promoción Industrial, Comercio y Valor Agregado - Programa 17 - Mantenimiento y Mejoramiento de la Red Vial – 04 – Red Vial Hale. Fuente de Financiamiento 110.

 

Artículo 7º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Secretaría de Asuntos Agrarios, Promoción Industrial, Comercio y Valor Agregado, Oficina de Compras, Contaduría  y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

               

Artículo  8°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Asuntos Agrarios, Promoción Industrial, Comercio y Valor Agregado.

 

 

 

Artículo 9º: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.