Boletines/Bolivar
Decreto Nº 1127
Bolivar, 31/05/2017
Visto
Las exhibiciones cinematográficas realizadas en el Cine Avenida, y;
Considerando
Que se han realizados exhibiciones por las cuales se debe abonar a la Sociedad General de Autores de la Argentina (ARGENTORES);
Que a la Sociedad General de Autores de la Argentina, se le abona un arancel del 0.18% mensual de la recaudación, descontados los impuestos al cine e IVA, obtenida por acceso al lugar donde se efectuar las exhibiciones cinematográficas. Y un adicional del 1% mensual de la recaudación, descontados los impuestos al cine e IVA, obtenida por la exhibición de obras cinematográficas o coproducciones argentinas y españolas y de otros países con los cuales ARGENTORES tenga reciprocidad material;
Que dicho importe a pagar consta de la factura expedida por ARGENTORES, cuyo número es N° 0001-00314053;
Que la presente medida se adopta con arreglo a lo normado en el Art. 107 de la Ley Orgánica Municipal;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1°: Autorízase a Contaduría Municipal a abonar la suma de pesos Ochocientos Ochenta y Cuatro con 70/100 ($884,70) en concepto de arancel aplicado por las exhibiciones realizadas. Extiéndase cheque a nombre de la Municipalidad de Bolívar.
Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero será imputado a: Jurisdicción 1110114000 - Secretaría de Desarrollo Humano, Cultura y Deporte – 32 – Promoción y Difusión de la Cultura – 07 – Cine Avenida.
Artículo 3º: Tomen conocimiento Secretaría de Desarrollo Humano, Cultura y Deporte, Contaduría y Tesorería a los efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Desarrollo Humano, Cultura y Deporte.
Artículo 5º: Notifíquese, comuníquese, dése al libro de Decretos y Cumplidos los trámites de estilo, archívese.