Boletines/Pellegrini
Decreto Nº 1310/17
Pellegrini, 31/08/2017
D E C R E T O Nº 1310/17
Visto
El Expediente caratulado con el número 4086-982/2.017 y el Decreto Municipal Nº 1216/17; y
Considerando
Que a fs. 01 del citado expediente consta la nota presentada por la Iglesia Evangélica Menonita, solicitando el corte de la calle Quintana, a la altura nº 370, entre Pueyrredón y Marconi de esta localidad de Pellegrini, entre las 14.00 y las 18:30 horas del día 27 de agosto del corriente año, con motivo de realizar festejos por el día del niño;
Que a través del Decreto mencionado en el visto se concedió la autorización correspondiente para proceder al corte de calle solicitado;
Que debido a las condiciones climáticas adversas durante la fecha fijada para la concreción de la fiesta por el día del niño, la misma fue suspendida y pospuesta su realización para el día sábado 02 de septiembre de 2017, presentando la Institución religiosa el correspondiente pedido de autorización para ejecutar el corte de calle, el cual consta agregado al expediente;
Que la Ley 24.449 (Ley Nacional de Tránsito) y sus normas reglamentarias regulan el uso de la vía pública y son de aplicación a la circulación de personas, animales y vehículos terrestres en la misma, y que por Ley 13.927, la Provincia de Buenos Aires se adhirió declarándose autoridades de aplicación y comprobación de las normas a las municipalidades;
Que la ocupación transitoria de las calles con el consecuente corte de las arterias es de carácter excepcional y debe ajustarse no solo a las disposiciones legales, sino también a las disposiciones de los organismos de control, en particular la Policía local;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Autorízase a la Iglesia Evangélica Menonita de Pellegrini, el corte de la calle Quintana, a la altura nº 370, entre Pueyrredón y Marconi de la localidad de Pellegrini, entre las 14.00 y las 18:00 horas del día 02 de septiembre de 2017, con motivo de realizar una fiesta por el día del niño.
ARTICULO 2º: Déjese constancia que las eventualidades que pudieran llegar a ocurrir quedan bajo absoluta responsabilidad de los organizadores.
ARTICULO 3º: Comuníquese a las oficinas municipales pertinentes, notifíquese a la Institución peticionante, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.