Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 944/20
General Pueyrredon, 07/07/2020
Visto
la presentación realizada por el Sr. Gustavo Manzur, y,
Considerando
se solicita la Declaración de Interés Cultural de la Convocatoria y Muestra Virtual “Arte, Sustentabilidad y Medioambiente”.
Que los organizadores son el Arquitecto Gustavo Manzur y Álvarez-Ferraudo Gestión Cultural.
Que la Convocatoria fue pensada para crear un espacio de encuentro, de conocimiento y reflexión con los artistas, sobre temas medioambientales, con el fin de promover y dar a conocer los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030 de la ONU.
Que los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) son el marco de referencia para acordar las estrategias fundamentales para avanzar hacia el Desarrollo Sustentable de nuestro planeta, basados en tres pilares: Desarrollo Económico, Inclusión Social y Sostenibilidad Ambiental. El lema mundial de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de la ONU es “No dejar a nadie atrás”.
Que este proyecto surge con el fin de potenciar el rol del Arte como herramienta de comunicación y expresión; como así también el rol del Artista como comunicador socialmente comprometido.
Que la Convocatoria y Muestra artística se realizará en un formato virtual y se podrán presentar obras de pintura, dibujo, escultura, fotografía y literatura.
Que la Muestra se realizará con todas las obras recibidas, y se realizará a través de las siguientes plataformas: https://www.facebook.com/alvarezferraudo/ y https://www.instagram.com/alvarezferraudo. Ambas cuentas pertenecen a Álvarez Ferraudo Gestión Cultural y se podrán visitar a partir del 17 de julio por ser el Día Mundial del Defensor del Medioambiente. En las cuentas mencionadas se podrá observar a modo de Galería Virtual cada obra, junto con la reseña de la misma y de su realizador.
Que a partir de la realización de la Convocatoria y Muestra, se concretarán algunos de los objetivos propuestos por los organizadores, tanto el de concientizar a los Artistas y generar inspiración y compromiso relacionada con los temas medioambientales, como el de compartir y promover el Arte como comunicador y transformador de las realidades.
Que, por todo lo expuesto, la realización de la Convocatoria y Muestra Virtual “Arte, Sustentabilidad y Medioambiente” resulta una propuesta enriquecedora y representa un valioso aporte, beneficiando de esta manera el crecimiento cultural de Mar del Plata, pues genera un compromiso relacionado con los cuidados medioambientales, promoviendo el arte como comunicador y transformador de las realidades
Por ello, en uso de sus atribuciones,
EL SECRETARIO DE CULTURA
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Declarar de Interés Cultural la Convocatoria y Muestra Virtual “Arte, Sustentabilidad y Medioambiente” organizada por el Arquitecto Gustavo Manzur y Álvarez-Ferraudo Gestión Cultural, la cual se podrá visitar a partir del 17 de julio del corriente año, en el marco del Día Mundial del Defensor del Medioambiente.
ARTÍCULO 2º: La declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los solicitantes de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.
ARTICULO 3°: La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Municipio de General Pueyrredon por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852,1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.
ARTICULO 4º: Registrar por el Departamento de Legislación y Documentación, publicar en el Boletín Oficial, y notificar por la División Coordinación Administrativa de la Secretaría de Cultura.
CRB/slb.-
BALMACEDA