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Decreto Nº591

Decreto Nº 591

Bolivar, 02/04/2020

Visto

Los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260/20, N° 297/20, N° 325/20 y;

Considerando

Que mediante el Decreto N° 260/20 se amplió, por el plazo de UN (1) año, la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el Coronavirus COVID-19;

 

Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia  N° 297/20 se estableció una medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, desde el 20 hasta el 31 de marzo de 2020, con el fin de proteger la salud pública;

 

Que a través del Decreto Provincial de Necesidad y Urgencia N    ° 132/2020 se declara el  estado de emergencia sanitaria en el ámbito de toda la Provincia de Buenos Aires, por el término de ciento ochenta (180) días contados a partir del dictado del presente Decreto, a tenor de la enfermedad por el nuevo coronavirus (COVID-19).

 

Que por el Decreto N° 325/20 se prorrogó la vigencia de la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 12 de abril de 2020 inclusive;

 

Que, en la situación actual, resulta necesaria la adopción de medidas que complementen la labor que deben desarrollar los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia que presten servicios en las distintas áreas municipales, toda vez que este recurso humano resulta escaso para enfrentar la pandemia provocada por el nuevo coronavirus (COVID-19).

 

Que por ello, se ha convocado a los estudiantes de la Tecnicatura en Enfermería dictada en el Centro Regional Universitario, a prestar colaboración en las distintas tareas dentro de los ámbitos mencionados.

 

Que, en orden a ello, resulta oportuno establecer un pago diferencial extraordinario para los estudiantes convocados a fin de poder atender necesidades específicas que pudieran ir surgiendo a partir del avance de la Pandemia Covid-19

 

Que en el marco de la emergencia sanitaria, se abrió el expediente administrativo N° 4013-250/30 caratulado “Emergencia Sanitaria - Pago de colaboradores”

 

Que ha tomado intervención de su competencia la Secretaría Legal y Técnica;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 10° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20;

 

Por ello;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

                                                                                

DECRETA

Artículo 1º: Autorícese a la incorporación de los estudiantes de la Tecnicatura de Enfermería dictada en el Centro Regional Universitario  a prestar servicios en forma presencial y efectiva en tareas de colaboración en las diferentes áreas municipales que lo requieran en el marco de la emergencia sanitaria.-

 

Artículo 2°: Otorgase el pago de una asignación estímulo a la efectiva prestación de servicios, de carácter no remunerativo.

Artículo 3°: El pago estará sujeto a la efectiva prestación de servicios. Si durante el período establecido, el estudiante no hubiere cumplido con la asistencia al lugar de trabajo, total o parcialmente, en forma justificada, la suma a abonar se ajustará proporcionalmente a la efectiva prestación del servicio.

 

Artículo 4°.- A los fines de la percepción del beneficio, se entiende como estudiante a quien se encuentre cursando regularmente segundo y tercer año de la Tecnicatura de Enfermería en el Centro Regional Universitario.

 

Artículo 5º: Notifíquese, Comuníquese, dése al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.