Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº4593

Decreto Nº 4593

San Andrés de Giles, 28/10/2019

Visto

               La necesidad de efectuar la devolución de recursos con afectación al Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y

Considerando

                               Que oportunamente mediante Decreto 1610/2019 (Ordenanza Nº 2190/2019) se homologa el convenio suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Subsecretaría de Relaciones Municipales de la Secretaría de Provincias y Municipios del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, con el objeto de brindar al gobierno local, asistencia para su modernización con la transferencia de fondos para la adquisición de equipamiento en el palacio municipal.

                                   Que en cumplimiento de lo establecido en la cláusula Quinta del citado Convenio y su Anexo I, oportunamente dicho organismo nacional remitió al municipio la suma de pesos un millón setecientos cuarenta y un mil quinientos sesenta y tres con noventa centavos ($ 1.741.563,90) correspondiente al setenta por ciento (70%) del monto total del presupuesto solicitado, depositándose en la cuenta Nº 4580010739, Sucursal San Andrés de Giles del Banco de la Nación Argentina, y registrado el día 15/04/2019 (Planilla del REDO 71).

                                   .           Que durante el ejercicio en cumplimiento del citado Convenio, se ejecutaron gastos por la suma total de pesos dos millones ciento dos mil ochenta con treinta y nueve centavos ($ 2.102.080,93), resultando el setenta por ciento (70%) la suma de pesos un millón cuatrocientos setenta y un mil cuatrocientos cincuenta y seis con veintisiete centavos ($1.471.456,27).

                                               Que de acuerdo a lo establecido en la cláusula Tercera del mencionado convenio, en caso de que la transferencia sea mayor al dinero efectivamente utilizado, el Municipio deberá reintegrar dichos fondos al Estado nacional en el momento que rindan cuentas.

                                               Que corresponde en consecuencia proceder el reintegro de la diferencia resultante entre lo transferido y lo efectivamente utilizado la cual alcanza la suma de pesos doscientos setenta mil ciento siete con sesenta y tres centavos ($ 270.107,63).   

                                               Que es necesario dictar el correspondiente acto Administrativo a efectos de cumplimentar la operatoria por los motivos esgrimidos precedentemente.

                            Por las facultades que le otorga la L.O.M. el Intendente Municipal

DECRETA

 

ARTICULO 1º: Procédase a reintegrar la suma de pesos doscientos setenta mil ciento siete con sesenta y tres centavos  ($ 270.107,63.-) al Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación,  por haber resultado una transferencia mayor al dinero efectivamente utilizado, cumplimentándose lo establecido en la cláusula Tercera del Convenio

 

oportunamente homologado mediante Decreto 1610/2019 (Ordenanza Nº 2190/2019). ARTICULO 2°: Autorízase a la Contaduría Municipal  a realizar cuantas registraciones resulten pertinentes  a efectos de cumplimentar lo establecido en el artículo precedente y regularizar las situaciones contempladas en los fundamentos del presente acto administrativo.

 

ARTICULO 3º: Autorízase a la Tesorería Municipal a depositar la suma de pesos doscientos setenta mil ciento siete con sesenta y tres centavos  ($ 270.107,63.-)  en la Tesorería General de la Nación a favor del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, y posteriormente remitir Constancia de la Boleta depósito a los Organismos Nacionales correspondientes.

 

ARTÍCULO 4º: Según los clasificadores presupuestarios por objeto del gasto previsto por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamentario de la Ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires) el Reintegro de dichos fondos será registrado en la siguiente partida presupuestaria

Fuente de financiamiento:     110 – Tesoro Municipal

Jurisdicción                             1110100000: Departamento Ejecutivo

            Subjurisdicción                      1110101000: Conducción Superior

            Actividad                               01: Desarrollo de Políticas Centrales

            Proyecto                                 63: Obras en Palacio Municipal

Inciso                                      9: Gastos figurativos

P.Principal                              3: Gastos figurativos de la administración municipal

     para aplicaciones financieras

Partida Parcial                        1: Contribución a la administración central.

 

ARTICULO 5º: Comuníquese a las áreas intervinientes, Regístrese y Archívese.