Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº4553

Decreto Nº 4553

San Andrés de Giles, 22/10/2019

Visto

                   La nota presentada por la Sra. Yesica Morales  con fecha 18.10.19 y que diera origen al expediente N° 4101-6882/19  , y

Considerando

                              Que a través de la misma,  expone los hechos ocurridos en el Hospital Municipal San Andrés el día jueves 10 de octubre del año en curso, siendo aproximadamente la hora 1.30 de la madrugada.

                                      Aclara la denunciante, que siendo la hora antes mencionada se dirige al Nosocomio en forma urgente,  junto a su marido, ya que su hijo de tres años de edad, presentaba un dolor en su muñeca izquierda muy fuerte.

                                   Que, al ingresar son recibidos por personal administrativo que se encontraba en ese momento , informándole que aguarden unos minutos , que los recibiría la enfermera.

                                 Que luego de unos minutos , llega la Srta. Yesica y les pregunta que había sucedido , al contarle cuál había sido el accidente, les dice que llamaría al pediatra.

                                   Que, sigue relatando la Sra. Morales, que luego de 15 minutos de espera y con su hijo llorando de dolor, vuelve la enfermera con la orden de colocarle al niño un inyectable , por indicación del pediatra.

                                   Que, en ese momento, le consultaron a la Srta. sino vendría el pediatra a ver al niño,  y la misma dijo que cumplía órdenes solamente.

                                   Que, por ello, que decidieron no colocarle ningún tipo de inyectable sin previa revisión médica, y en  ese mismo momento resolvieron retirarse del Hospital.

                                   Que, concluye la denunciante, que horas más tarde terminó con su hijo enyesado y en reposo por una semana.

                                   Que, expresa su descontento por la atención recibida 

                                   Que en virtud de lo expuesto, resulta procedente impulsar una investigación administrativa tendiente a esclarecer los hechos y deslindar las eventuales responsabilidades emergentes de los mismos, ordenando la sustanciación de actuaciones presumariales, en virtud de lo establecido en el artículo 110 inciso b)  del C.C.T. N° 38 aprobado mediante ordenanza N° 2061/17.

                   Por ello, de conformidad con las atribuciones que le son propias, el Intendente Municipal

 

D E C R E T A

 

ARTICULO 1ro.: Ordenar la sustanciación de actuaciones administrativas, tendientes a determinar las responsabilidades ante los hechos denunciados por la Sra. Yesica Morales ,  con fecha 18.10.19,  relacionados con la atención recibida en el Hospital Municipal el jueves 10 de octubre próximo pasado, con motivo de haber llevado a su hijo a la guardia de pediatría del Nosocomio.

ARTICULO 2do.: Designar a cargo de la presente investigación al Dr Leandro Zanella, quién actuará con todas las facultades para el cumplimiento de su cometido.

ARTICULO 3ro.: Notificar, registrar y archivar.-