Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº4401

Decreto Nº 4401

San Andrés de Giles, 04/10/2019

Visto

                 La necesidad de designar un agente municipal para desempeñarse  en el área de la Dirección de Producción y Turismo de la Municipalidad de San Andrés de Giles; y

Considerando

                            Que el mismo sería retribuido por horas cátedra en función de la carga  horaria que cumpla, de conformidad al régimen contemplado en el artículo 18º de la Ordenanza de Presupuesto vigente.

                                     Que se propone para tal designación al Sr. MENDOZA, Agustín  DNI: 37.987.769.

                            Por ello, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Intendente Municipal

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º.- Desígnese personal temporario para desempeñarse en el área de turismo en la Dirección Producción y Turismo de la Municipalidad de San Andrés de Giles, al Sr. MENDOZA, Agustín DNI: 37.987.769, con un régimen de 12 horas cátedra semanales.

ARTICULO 2º.- La  presente designación tendrá vigencia desde el día 01 de Octubre de 2019 hasta el día 31 de Octubre inclusive de 2019.

ARTICULO 3ro: El agente designado en el artículo anterior será retribuido en función de la carga horaria que cumpla y de conformidad con los valores que determine el Departamento Ejecutivo en base a las facultades que le confiere  los  artículos 9º inc. v) y 33º inc. j), del Convenio Colectivo de Trabajo, inscripto bajo el Nº 38 del Registro del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, del año 2017, estableciéndose la retribución actual por cada hora cátedra efectivamente realizada, en la suma de pesos ciento noventa ($ 208,00), sujeta a las retenciones legales, cuando las clases se dicten dentro del radio urbano; y en la suma de pesos doscientos quince ($234,00), sujeta a las retenciones legales, cuando las clases se dicten en las localidades.

ARTICULO 4º.- Las Erogaciones que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se imputarán según los clasificadores presupuestarios por objeto del gasto previstos por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamento de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), en la siguiente Partida Presupuestaria:

Jurisdicción                          1110100000: Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción            1110115000: Secretaria de Gobierno

Programa                                   23: Desarrollo Productivo local Y Turismo.

Actividad                                   03: Promocion e incentivo al Turismo

Inciso                                         1: Gastos en Personal

P.Principal                                  2: Personal Temporario

Partida Parcial                            1: Retribuciones del cargo

Partida subparcial                       9: Temporario

ARTICULO 5º.- Comuníquese a la Oficina de  Recursos Humanos y Capacitación, regístrese y archívese.-