Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 4401
San Andrés de Giles, 04/10/2019
Visto
La necesidad de designar un agente municipal para desempeñarse en el área de la Dirección de Producción y Turismo de la Municipalidad de San Andrés de Giles; y
Considerando
Que el mismo sería retribuido por horas cátedra en función de la carga horaria que cumpla, de conformidad al régimen contemplado en el artículo 18º de la Ordenanza de Presupuesto vigente.
Que se propone para tal designación al Sr. MENDOZA, Agustín DNI: 37.987.769.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Intendente Municipal
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Desígnese personal temporario para desempeñarse en el área de turismo en la Dirección Producción y Turismo de la Municipalidad de San Andrés de Giles, al Sr. MENDOZA, Agustín DNI: 37.987.769, con un régimen de 12 horas cátedra semanales.
ARTICULO 2º.- La presente designación tendrá vigencia desde el día 01 de Octubre de 2019 hasta el día 31 de Octubre inclusive de 2019.
ARTICULO 3ro: El agente designado en el artículo anterior será retribuido en función de la carga horaria que cumpla y de conformidad con los valores que determine el Departamento Ejecutivo en base a las facultades que le confiere los artículos 9º inc. v) y 33º inc. j), del Convenio Colectivo de Trabajo, inscripto bajo el Nº 38 del Registro del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, del año 2017, estableciéndose la retribución actual por cada hora cátedra efectivamente realizada, en la suma de pesos ciento noventa ($ 208,00), sujeta a las retenciones legales, cuando las clases se dicten dentro del radio urbano; y en la suma de pesos doscientos quince ($234,00), sujeta a las retenciones legales, cuando las clases se dicten en las localidades.
ARTICULO 4º.- Las Erogaciones que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se imputarán según los clasificadores presupuestarios por objeto del gasto previstos por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamento de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), en la siguiente Partida Presupuestaria:
Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción 1110115000: Secretaria de Gobierno
Programa 23: Desarrollo Productivo local Y Turismo.
Actividad 03: Promocion e incentivo al Turismo
Inciso 1: Gastos en Personal
P.Principal 2: Personal Temporario
Partida Parcial 1: Retribuciones del cargo
Partida subparcial 9: Temporario
ARTICULO 5º.- Comuníquese a la Oficina de Recursos Humanos y Capacitación, regístrese y archívese.-