Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº4312

Decreto Nº 4312

San Andrés de Giles, 04/10/2019

Visto

          Lo informado por la Secretaría de Coordinación, Planeamiento y Control de Gestión respecto de la necesidad de contar con el asesoramiento y mantenimiento de equipos computarizados para la correcta utilización  del sistema denominado RAFAM; actualización y procedimientos que modifican el mismo, el  mantenimiento de red de las distintas dependencias municipales y el mantenimiento del sistema de liquidación de haberes de la Municipalidad; y

Considerando

                       Que resulta necesario contratar personal idóneo para esos fines.

                       Que se ha celebrado contrato con el señor Osvaldo Luis Funes.

                 Que la referida Secretaría, ha  fundamentado la incompetencia para cubrir la prestación por parte del recurso humano profesional existente en sus áreas de influencia,  por lo que la contratación formalizada encuadra en lo normado por la L.O.M.

               Por ello, el Intendente Municipal en uso de las atribuciones que le son propias

D E C R E T A

 

 ARTICULO 1º:  Convalidar el contrato de locación de obra suscripto entre la Municipalidad   y el Sr. Osvaldo Luis Funes, para que el mismo brinde a la Municipalidad asesoramiento y mantenimiento de equipos computarizados para la correcta utilización  del sistema denominado RAFAM por los usuarios del mismo,  mantenimiento de red de las dependencias municipales periféricas y el mantenimiento del Sistema de Liquidación de Haberes, reconociéndose de acuerdo a lo normado por la L.O.M., la incompetencia del recurso profesional existente en la Municipalidad.

ARTICULO 2º Las erogaciones que demande  el cumplimiento del presente contrato serán imputados en la partida presupuestaria

Jurisdicción        1110100000:   Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción:1110106000:      Secretaría de Coordinación, Planeamiento y Control de

Actividad            01 -    Conducción, Planeamiento, Control y Administración de los Recursos y Gastos.              

Inciso               3-         Servicios no personales

P.Principal        4 -        Servicios Técnicos y Profesionales      

Partida Parcial  6-         De informática y sistemas computarizados

 

ARTICULO 3º:   Registrar, Comunicar  a quien corresponda  y archivar.

 

 

CONTRATO DE ASESORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE SOFTWARE

 

Entre la Municipalidad de San Andrés de Giles en adelante (La Municipalidad)  representada en este acto por el Intendente Municipal C.P. Carlos Javier Puglelli D.N.I. Nº 24.795.966 y el  señor Osvaldo Luis Funes D.N.I. Nro. 7.800.575,  con domicilio legal en Padre Kauffman 1529, San Andrés de Giles (C.P. 6720), Pcia. de Buenos Aires quién identifica su actividad comercial con CUIT Nro. 20-07800575-1, IVA Responsable Monotributo, se conviene celebrar el presente contrato  de acuerdo a las  siguientes cláusulas y condiciones:

Artículo 1°: La Empresa se compromete a efectuar la administración, asesoramiento, y solución de problemas generados por los usuarios del Sistema RAFAM y actualización de las versiones y procedimientos que modifican el mismo, mantenimiento de red de las dependencias municipales periféricas y el mantenimiento del Sistema de Liquidación de Haberes.

Artículo 2º: El importe fijado por la prestación de dicho servicio asciende a la suma de $ 28.000 (VEINTIOCHO   MIL PESOS) mensuales, que será abonada cada cuota del 1 al 10 del mes siguiente de cada mes devengado.------------------------------------------------

Artículo 3º: El presente contrato tendrá vigencia del 1 de  octubre de 2019  al 31 inclusive del mes de  diciembre  de 2019.

Artículo 4º: Las erogaciones que demande  el cumplimiento del presente contrato serán imputados en la partida presupuestaria

Jurisdicción         1110100000: Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción: 1110116000:Sec. de Coord. Planeamiento y Control

  de Gestión

Actividad         01 -     Conducción, Planeamiento, Control y Administración

                                    de los Recursos y Gastos.

Inciso                3-       Servicios no personales

P.Principal        4 -      Servicios Técnicos y Profesionales  

Partida Parcial              6-       De informática y sistemas computarizados del Presupuesto de gastos vigente.   

Artículo 5º: Las partes pueden resolver el presente contrato, para lo cual, deberán preavisar en forma fehaciente a la parte contraria con un plazo no inferior a 30 días.

Artículo 6º: A los efectos legales, la empresa fija su domicilio legal en Padre Kauffman  Nº 1529, San Andrés de Giles, Pcia. Bs. As

-------------- En prueba de conformidad y aceptación se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de San Andrés de Giles, el  día  1º del mes de octubre  de 2019

 

 

 

 

______________________                                      ___________________________

  Osvaldo Luis Funes                                                       C.P. Carlos Javier Puglelli

                                                                                           Intendente Municipal 

                                                                                            Partido San A. de Giles