Boletines/Quilmes

Decreto Nº1286/2020

Decreto Nº 1286/2020

Quilmes, 30/06/2020

PRORROGUESE la vigencia de lo dispuesto por el Decreto Municipal N° 670/2020, prorrogado a su vez por el Decreto N° 756/2020, Nº 807/2020, Nº 937/2020, Nº 1019/2020, Nº 1099/2020 y N° 1170/2020 sobre la suspensión del curso de los plazos de los procedimientos administrativos regulados por la Ordenanza General N° 267/80 y por otros procedimientos especiales, a partir de la publicación de este decreto y hasta el 17 de julio del 2020 inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan, la misma se prorrogará automáticamente con las sucesivas prórrogas del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio para el Área Metropolitana de Buenos Aires dictadas por Decreto de Necesidad y Urgencia por el Poder Ejecutivo Nacional.

Visto

VISTO: el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020, No 298/2020 y sus respectivas prórrogas por los Decretos N° 327/2020, No 372/2020, No 410/2020, N° 458/2020, No 494/2020, No 521/2020 y N° 577/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, el Decreto Provincial 132/2020 y sus respectivas prórrogas Decreto Provincial N° 340/2020, Decreto Provincial N° 167/2020 la Ordenanza General N° 267/1980, el Decreto Provincial 2980/2000 y Decreto Municipal N° 670/2020 y sus respectivas prórrogas;

Considerando

Que el 12 de marzo de 2020, mediante el Decreto N° 260 y su modificatorio se amplió la emergencia pública en materia sanitaria, establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en relación con el coronavirus COVID-19; 

Que, de acuerdo con la normativa citada en el visto nos encontramos conviviendo en un contexto de aislamiento social, preventivo y obligatorio; 

Que la medida mencionada es acompañada de otras que hacen al desarrollo de actividades esenciales para el funcionamiento de la administración, la prestación de servicios y de la economía en general; 

Que tanto en el orden Nacional como en la Provincia de Buenos Aires, las medidas de aislamiento han sido acompañadas de una limitación de actividades públicas, concurrencia a los lugares de trabajo y así también la suspensión de los plazos de todo trámite administrativo que no incumbiere cuestiones relativas al contexto de emergencia que nos habita desde el día 11 de marzo del año 2020; 

Que la evolución de la situación epidemiológica en la República Argentina ha sido diversa como su territorio, la misma se refleja en la decisión tomada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 520/2020 en la que en su artículo 11 estableció la continuidad del Aislamiento para las ciudades con circulación comunitaria del virus SARS - Cov 2; 

Que nuestra comuna se encuentra prevista en lo mencionado en el párrafo anterior, es por ello que se debe continuar con las medidas acordes a la realidad presente; 

Que en base a la evolución epidemiológica, se decidió que el Area Metropolitana de la Provincia de Buenos Aires retroceda en materia de avance de fases a fin de proteger la salud de todas las personas que viven en la zona más densamente poblada del país; 

Que de acuerdo a lo antedicho, la administración se encuentra prestando tareas imprescindibles para garantizar derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, siempre respetando las normas sanitarias encomendadas por las autoridades de la Nación, Provincia y del mismo Municipio; 

Que la medida adoptada por el Decreto Provincial por el decreto 167/2020, y prorrogada por el Decreto 340/2020, replicada por esta comuna por el Decreto Municipal N° 670/2020 y sus respectivas prórrogas, es una medida adecuada y razonable en favor de las personas que tenían en curso trámites previo al dictado de las medidas de aislamiento social; 

Que, resulta necesario, a los fines de organizar la gestión administrativa del Distrito decretar una nueva prórroga de suspensión de plazos administrativos relativos a la Ordenanza General 267/1980 y de los procedimientos especiales para así garantizar los derechos y garantías de los vecinos y vecinas; 

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas la normativa citada y el artículo N° 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 con modificaciones vigentes); y 

 

Por todo lo expuesto;

LA INTENDENTA MUNICIPAL

DECRETA:

ARTÍCULO 1°: PRORROGUESE la vigencia de lo dispuesto por el Decreto Municipal N° 670/2020, prorrogado a su vez por el Decreto N° 756/2020, Nº 807/2020, Nº 937/2020, Nº 1019/2020, Nº 1099/2020 y N° 1170/2020 sobre la suspensión del curso de los plazos de los procedimientos administrativos regulados por la Ordenanza General N° 267/80 y por otros procedimientos especiales, a partir de la publicación de este decreto y hasta el 17 de julio del 2020 inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan, la misma se prorrogará automáticamente con las sucesivas prórrogas del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio para el Área Metropolitana de Buenos Aires dictadas por Decreto de Necesidad y Urgencia por el Poder Ejecutivo Nacional.

ARTÍCULO 2º: EXCEPTÚASE de la suspensión dispuesta por el artículo 1o a todos los trámites administrativos relativos a la Ordenanza N° 13.318/2019, normas modificatorias y complementarias así como aquellas medidas adoptadas en el marco de la Pandemia por COVID-19 (Coronavirus) virus SARS-COV2.

ARTÍCULO 3º: FACULTASE a las dependencias consideradas como esenciales, a disponer plazos especiales conforme los procedimientos que estén a su cargo.

ARTÍCULO 4º: La presente medida entrará en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial Municipal.

ARTÍCULO 5°: DISPONESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 6°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHÍVESE. 

Lic. Alejandro E. Gandulfo                                                                           Mayra S. Mendoza

Jefe de Gabinete                                                                                             Intendenta

Municipalidad de Quilmes                                                                     Municipalidad de Quilmes

 

Dr. Claudio H. Carbone

Secretario Legal y Técnico

Municipalidad de Quilmes

Decreto Nº 1286/2020

Anexos

DECRETO 1286/2020

PRORROGA VIGENCIA DTO. 670/2020

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