Boletines/General Villegas
Decreto Nº 012/20
General Villegas, 02/01/2020
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 15797/19, pertenecientes a la Licitación Privada Nº 28/19 destinada a la “Adquisición de cloro para tratamiento de agua en piletas del Balneario Municipal y Pueblos del Partido”, autorizado por Decreto Nº 2369/19; y
Considerando
Que a fojas 117 y 118 obra el Acta de Apertura de Ofertas.
Que la Subsecretaría Legal y Técnica interviene a fojas 120, informando que la póliza acompañada por la empresa Junín Aragón S.R.L., al carecer de firma no reúne los requisitos suficientes para garantizar la propuesta presentada en el marco de la licitación privada de referencia, por lo que se rechaza dicha propuesta.
Que a fojas 121 y 122, se agregan las planillas de comparación de ofertas.
Que a fojas 124 el Secretario de Coordinación y Modernización a/c Dirección de Deportes y Turismo informa que realizado el estudio y análisis de las propuestas, estima conveniente adjudicar la licitación al oferente Mas Ferreterías S.A., por resultar favorable a los intereses municipales y cumplir con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones.
Que a fojas 125, la oficina de Compras indica que corresponde desestimar las ofertas presentadas por Daniel Alejandro Urchipia y Jorge Oscar Vicentín por no resultar convenientes a los intereses municipales y realizar la devolución de las garantías de mantenimiento de oferta aportadas.
Que de conformidad con lo actuado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Adjudícase la Licitación Privada Nº 28/19 destinada a la “Adquisición de cloro para tratamiento de agua en piletas del Balneario Municipal y Pueblos del Partido”, al oferente Mas Ferreterías S.A., en la suma de Pesos un millón ciento treinta y siete mil seiscientos ($ 1.137.600.-) de conformidad con la propuesta presentada en el Expediente Nº 15797/19, por las razones expuestas precedentemente.
ARTÍCULO SEGUNDO: Desestímense las propuestas presentadas en la licitación mencionada en el Artículo Primero, a los oferentes Daniel Alejandro Urchipia y Jorge Oscar Vicentín, por no resultar convenientes a los intereses municipales.
ARTÍCULO TERCERO: Devuélvase a los proveedores que se consignan a continuación las garantías de mantenimiento de oferta aportadas en la licitación mencionada en el Artículo Primero, conforme el siguiente detalle:
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Compras, Contaduría, Tesorería y Dirección de Deportes y Turismo; cúmplase y archívese.