Boletines/Bragado

Decreto Nº228

Decreto Nº 228

Bragado, 09/03/2020

Visto

VISTO: El Expte. Municipal Nº 6688/19 mediante el cual el Centro de Unión Comercial e Industrial de Bragado, solicita a esta Municipalidad que se constate el estado de la habilitación del “Supermercado CLC” y que se proceda a la baja en caso de cese de actividad; y,

Considerando

CONSIDERANDO: Que, la firma Caluc Saladillo S.A. posee dos habilitaciones comerciales en el Partido de Bragado, la primera perteneciente a la Partida Nº 6799 donde funcionara un local comercial en la calle San Martín Nº 1879, y la Partida Nº 9438 en la que se habilitaran oficinas administrativas sobre la calle Maroni Nº 28; Que, desde la Dirección de Recaudación e Inteligencia Fiscal se verificó la falta de pago de la Tasa de Seguridad e Higiene correspondiente a la Partida Nº 9438 por un período de más de dos (2) años; Que, con respecto a la Partida Nº 6799, la misma se encuentra en estado activa, con plan de pago vigente en concepto de Tasa de Seguridad e Higiene; Que, a raíz de dicha situación la Dirección General de Seguridad, a través de la Guardia Urbana, con fecha 24 de Enero de 2020 procedió a constatar fehacientemente la falta de actividad comercial en ambos locales, siendo que en el de calle Maroni Nº 28 se encuentra en funcionamiento un local de venta de indumentaria; Que, conforme lo establecido en la Ordenanza Fiscal e Impositiva para el año 2020, el artículo 97 faculta a la Municipalidad a consignar de oficio la baja en el Registro de Contribuyentes ante la constatación de la falta de actividad comercial del local donde funcionaran oficinas administrativas, ubicado sobre la calle Maroni Nº 28, Parida Nº 9438; por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A

ARTICULO 1°.-  PROCEDER  a llevar a cabo por intermedio de la Dirección de Recaudación, consignar la Baja de Oficio de la habilitación en el Registro de Contribuyentes del local donde funcionaran las oficinas administrativas de CALUC S.A., ubicado sobre la calle Maroni Nº 28, Parida Nº 9438. ARTICULO 2° - Refrendado por el Sr.  Secretario de Gobierno Y Personal. H.V.GATICA. M. TOMASINO. ARTICULO 3°.- FIRMAR,  REGISTRAR,  COMUNICAR,  PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-