Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº672

Decreto Nº 672

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 27/04/2020

Visto las presentes actuaciones, atento la nota a fs. 1, mediante la cual se solicita la creación de una caja chica para la Subsecretaria de Planificación y Control del Gasto durante el ejercicio 2020, para ser utilizada en el marco de la Emergencia Sanitaria, declarada en el Partido de Bahía Blanca mediante Ordenanza 19997, por el periodo de tiempo en el cual se mantenga la declaración de la Pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud, dado el desarrollo de la enfermedad COVID-19 nuevo Coronavirus, Y;

CONSIDERANDO:

                             Que, la Circular Nº 393 y la Resolución Nº 7/14 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires establecen el procedimiento para la creación, modificación, ampliación, disminución y/o anulación de los importes autorizados y designación de los responsables de las Cajas Chicas, así como el monto hasta el cual autoriza el Departamento Ejecutivo a efectuar Decreto, debiendo remitir copia al mencionado Tribunal;

                       Que, el Responsable de la Caja Chica deberá cumplimentar lo establecido en los Artículos Nº 218 a 224 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

                     Por todo ello, y en virtud de lo informado a fs. 3 por Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:

DECRETA

ARTICULO 1º): Crear una Caja Chica para la Subsecretaria de Planificación y Control del Gasto designando como responsable de la caja chica, por la suma de pesos Cincuenta Mil ($50.000),  al Sr. Paulo Jose Garat , Legajo N° 15.950 C.U.I.L. Nº 20-17279662-2.-

ARTICULO 2º): Dejar expresa constancia que el Responsable de la Caja Chica, consignado en el Artículo Nº 1 del presente Decreto, deberá dar cumplimiento a lo establecido en los Artículos Nº 218 a Nº 224 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (constitución y actualización de fianzas).

ARTICULO 3º): Notificar el presente Decreto al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 393 de dicho organismo.

ARTICULO 4º): Cumplir, dar al R.O., tomar nota Contaduría General, y demás dependencias municipales que correspondan; hecho, ARCHIVAR.