Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 661
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 24/04/2020
VISTO el Pedido de Adquisición originado en la Secretaría de Salud, con el objeto de prestar el servicio de obstetricia, a efectos de garantizar la atención de esta especialidad en la Unidad Sanitaria de la localidad de Cabildo; y
CONSIDERANDO que los profesionales de la especialidad dependientes de la Secretaria de Salud, no poseen disponibilidad horaria ni traslado hasta la localidad de Cabildo y la tarea es fundamental para el normal desarrollo del area, debido a la necesidad de contar con un profesional en particular para el buen desarrollo de la misma, para desarrollar esta tarea especifica, todos ellos necesarios para prestar el servicio que tiene por objeto el suministro de referencia,
Que a fojas N° 02 , del expediente de la referencia, se encuentra la nota de solicitud del profesional, confeccionada por el Secretario de Salud;
Que a fojas N° 03 de las presentes actuaciones consta la declaración de incompetencia, suscrita por el Secretario de Salud, para llevar a cabo las tareas requeridas;
Dado que Jorgelina Soledad Díaz, DNI 31.898.672, viene desarrollando de manera satisfactoria y sin ningún tipo de objeción, las tareas objeto de la presente contratación, es que se solicita su renovación, dado que persiste la causa que generó la necesidad que llevo a la declaración de la incompetencia;
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA en uso de sus facultades,
DECRETA
ARTICULO 1°): Declarar la incompetencia en la órbita de la Secretaría de Salud, por no contar con disponibilidad de profesionales pertenecientes a la rama de la obstetricia, con el objeto de realizar tareas relativas a la especialidad en la localidad de Cabildo.
ARTICULO 2°): Renuevese el Contrato a Jorgelina Soledad Díaz, DNI 31.898.672, para la prestación del servicio de obstetricia, con destino al cumplimiento de la atención obstétrica en la Unidad sanitaria de la localidad de Cabildo, a partir del 01 de mayo de 2020 y hasta el 31 de agosto de 2020, por un monto total de pesos cuarenta y cinco mil seiscientos ochenta ($ 45.680,00), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
ARTICULO 3°): Encomendase al Subsecretario de Salud, el control de la efectiva prestación del servicio contratado.
ARTICULO 4°): Cúmplase. Notifíquese. Dese al R.O. Tome nota a sus efectos la Oficina de Compras, Contaduría General, Subsecretaria de Salud; hecho: ARCHIVESE.