Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº659

Decreto Nº 659

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 24/04/2020

VISTO el Pedido de Adquisición originado en la Secretaría de Salud, con el objeto de prestar el servicio de psicología, a efectos de ejecutar la Guardia Pasivas de Psicología Municipal; y

CONSIDERANDO que la necesidad y la incompetencia de personal idóneo dependiente de esta Secretaría para realizar Guardia Pasiva de Psicología, cuyo objetivo es dar intervención en situaciones que pongan en riesgo la salud de los ciudadanos, física o mental, en personas que han padecido situación de alto nivel de stress, duelo, suicidio, catástrofes o aquellos casos en que según el criterio del personal médico de emergencias sea requerido, que posea el título habilitante  y los antecedentes que lo avalen, todos ellos necesarios para prestar el servicio que tiene por objeto el suministro de referencia, es que a fojas N° 02 se encuentra la nota de solicitud confeccionada por la Subsecretaria de Salud;

Que a fojas N° 03 de las presentes actuaciones consta la declaración de incompetencia, suscrita por el Secretario de Salud, para llevar a cabo las tareas requeridas;

Que atento a que Lucia Isabel Marquez, DNI 31.924.862,  viene desempeñando sus funciones de manera ampliamente satisfactoria, se solicita la renovación del contrato correspondiente;.

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA en uso de sus facultades,

 DECRETA 

ARTICULO 1°): Declarar la incompetencia en la órbita de la Secretaría de Salud, por no contar con disponibilidad de profesionales pertenecientes a la rama de la psicología, con el objeto de realizar tareas relativas a la Guardia Pasiva de Psicología.

ARTICULO 2°): Adjudicase a Lucia Isabel Márquez, DNI 31.924.862, la prestación del servicio de psicología, con destino al cumplimiento de la Guardia Pasiva de Psicología Municipal, a partir del 01 de mayo de 2020 y hasta el 31 de agosto de 2020, por un monto total de pesos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta y ocho ($ 43.758,00), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

ARTICULO 3°): Encomendase al Subsecretario de Salud, el control de la efectiva prestación del servicio contratado.

ARTICULO 4°): Cúmplase. Notifíquese. Dese al R.O. Tome nota a sus efectos la Oficina de Compras, Contaduría General, Subsecretaria de Salud; hecho: ARCHIVESE.