Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº883/20

Decreto Nº 883/20

General Pueyrredon, 29/05/2020

Visto

las presentes actuaciones mediante las cuales el Departamento  Liquidación de Haberes tramita el recupero de haberes percibidos en exceso por el agente Fernando Romeo Vargas, Legajo Nº 27.508/2, y

Considerando

Que por Resolución  Nº 0160 obrante a fs. 2, de fecha 31 de enero de 2020, notificada a la mencionada dependencia el día 6 de febrero del corriente, se le concedió al agente Vargas, licencia extraordinaria sin goce de haberes a partir del 10 de diciembre de 2019 y mientras duren sus funciones como Secretario de Salud en el Partido de Mar Chiquita.

 

 Que por lo expuesto, el Departamento Liquidación de Haberes determinó que la suma de los haberes percibidos en exceso por el agente Vargas, asciende a un monto líquido de $ 74.262,95, conforme el detalle consignado a fs.3, solicitando a fs. 4 el dictado del acto administrativo correspondiente a efectos de recuperar el mismo, intimándolo al reintegro del monto indicado, comunicando que ante la falta de cumplimiento en el plazo dispuesto se deberán  impulsar las acciones judiciales pertinentes.

 

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

 

ARTÍCULO 1º.- Intímase al  agente FERNANDO ROMEO VARGAS, (Legajo Nº 27.508/2 – CUIL 20-26834128-6) a reintegrar la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 74.262,95) dentro del plazo perentorio e improrrogable de diez (10) días  hábiles a partir de la notificación del presente, bajo apercibimiento de dar inicio a las acciones judiciales que resulten pertinentes, en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- Autorízase a la Dirección de Asuntos Judiciales dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica a dar inicio a las acciones judiciales pertinentes contra el agente FERNANDO ROMEO VARGAS, (Legajo Nº 27.508/1 – CUIL 20-26834128-6), para el caso de no arrojar resultados positivos la intimación cursada a través del artículo que antecede.

 

ARTICULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE ECONOMIA Y HACIENDA.

 

ARTICULO 4º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal  a la Subsecretaría Legal y Técnica y dése intervención a la Dirección de Liquidación y Control de Haberes.

Sbh

                                   BLANCO                                           MONTENEGRO